Les comento nuestro caso para ver si alguien puede aportar algo de luz ya que por ahora todas las respuestas que nos han dado en asesorías han sido vagas.
El tema es el siguiente:
Un socio y yo estamos decididos a formar una sociedad limitada para abrir un negocio de hostelería. Hasta ahí bien. El caso es que él está saliendo de otra sociedad limitada de otro sector completamente distinto (textil) en donde él era el único socio de la sociedad y cuyo administrador solidario era su padre. El problema es que esta sociedad ha tenido problemas y ha tenido que cerrar, pero sigue pendiente de liquidación por problemas de pago a trabajadores y a la seguridad social. A este socio mío le han ido contra el patrimonio personal y ha tenido que pedir un préstamo para pagar las causas pendientes con trabajadores y seguridad social(cosa que nunca pensé pues pensaba que sólo iban contra el patrimonio de la sociedad). Paga religiosamente lo que establece el juez y los aplazamientos que tiene con la SS.
Ahora viene el quid de la cuestión: ¿puede resultar afectada nuestra nueva sociedad con este tema cuando generemos beneficios? O sea, ¿pueden venir en contra de nuestra sociedad, o lo que es peor, contra mí por añadidura?
Hola Dominic,
te voy a explicar un caso similar : Una amiga tuvo que cerrar su S.L. porque no podía hacer frente a las deudas. Acordó unos plazos, pero estos se pueden pagar 'religiosamente' un tiempo, pero no eternamente. Se cambió de sector, pero tuvo que poner a su hermano como Administrador de la nueva S.L. Ella es quien aporta el trabajo y lo efectúa (su hermano ni aparece). Legalmente, ella está contratada, a nómina, por su hermano. No puede tener nada a su nombre, sino se lo confiscarían.
Espero haberte sido de ayuda. Un saludo.
Hola Marobara, muchísimas gracias por la respuesta.
Me dices que ella tuvo que poner a su hermano como administrador, pero mi pregunta es: es su hermano el único socio de la nueva S.L. o ella también tiene participación aunque su hermano sea el administrador?
NO, ella no consta como socia.
Quien también consta como socio es su marido.
Ella no puede aparecer ya que no pudo pagar la deuda contraída en la anterior S.L.
En la actual S.L. consta como empleada con nómina bajo Régimen de la S.S..
Ellos lo arreglaron así, pero desconozco si hay otros modos.
Muchas gracias por las respuestas Marobara y chavos.
Antes que nada, una puntualización, soy chico, no me llames señor o señora, chavos, que sino me doy la vuelta y parece que esté mirando para mi padre, jeje.
Siguiendo con el tema, decirte chavos, que él está trabajando ya para otra empresa y no le han retenido ningún porcentaje de ella, por lo que supongo que mientras siga pagando "religiosamente" lo que le han estipulado por ley, no irán contra sus acciones no?
Perdone ud. Dominic por la confusión.
Tratar de ud, es mi forma de ser....Siempre con el máximo respeto.
Si no paga, irán a por él, seguro....!!
Saludos.