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linea telefono

5 Comentarios
 
Linea telefono
09/10/2007 17:08
Buenas tardes,
mi problema es elsiguiente. Hace 2 años me entregaron una casa. Ahora es cuando he podido instalarme y cuando he ido a instalar la linea de telefono, me encuentro con una obstruccion que va desde mi casa hasta la arqueta de la luz que se encuentra en el acerado.
Hablo con el dueño de la constructora y me dice que él eso no me lo arregla y que ha pasado el periodo de reclamacion de 6 meses desde q me entrego la casa.
Debo arreglarlo yo?
tendria q abrir la acera y pedir antes permiso al ayuntamiento?
tiene q arreglarmelo la constructora?

Gracias, ruego me indiqueis que paso debo seguir.
11/10/2007 18:57
Los Plazos para reclamar varían dependiendo de si la licencia de edificación de la vivienda es anterior o posterior a mayo de 2002, fecha de entrada en vigor de la Ley de Ordenación de la Edificación.

Si la licencia de edificación de la vivienda es anterior a mayo de 2000, dispondremos de los siguientes plazos:
- 6 meses desde la entrega de la vivienda cuando se trate de defectos o imperfecciones que no afecten a la finalidad principal de la vivienda.
- 10 años desde que finalizó la construcción del edificio, cuando se trate de defectos esenciales que afectan a la estructura del edificio.
- 15 años, para exigir responsabilidad por incumplimiento de las condiciones pactadas en el contrato.

Cuando la licencia de edificación sea posterior a mayo de 2000, los plazos para exigir responsabilidades son los siguientes:
- 1 año, para desperfectos que tengan que ver con el acabado de la obra.
- 3 años, cuando se trate de vicios o defectos que afecten a elementos constructivos o de las instalaciones incumpliendo las condiciones de habitabilidad exigidas por la ley.
- 10 años, para aquellos defectos que afecten a la estructura del edificio.
- 15 años, en aquellos casos en que exista un incumplimiento contractual.

11/10/2007 21:29
la licencia es posterior a mayo de 2000, entonces? en que opcion iria?cuantos años tengopara reclamar?
12/10/2007 11:50
Por lo que comenta, entiendo que su problema es de instalaciones.

Si la licencia es posterior a mayo de 2000 la Ley díce que tendrá 3 años cuando se trate de vicios o defectos que afecten a elementos constructivos o de las instalaciones incumpliendo las condiciones de habitabilidad exigidas por la ley.
12/10/2007 19:12
gracias por contestar
14/10/2007 12:46
Ojo. El plazo de 3 años, es desde la fecha del Acta de Recepción, no desde que usted adquirió la vivienda.