Espero que sea este el lugar donde debo colocar mi explicacion.
Antes de nada, deciros que os lo vais a pasar muy bien con este caso, y que espero que me podais ayudar a solventar mis dudas. Gracias.
Resulta que desde hace unos 3 años, tengo una linea de credito con esta "entidad" Cetelem, de 1500 euros, con la cual mediante la tarjeta de credito yo puedo ir comprando cosas, sin pasar de ese credito, pagando 40 euros al mes, mas o menos.
Todo iba bien hasta que llegado un punto, en mi cuenta no habia saldo para pagar un recibo, por descuido, y me cargaron un interes. Totalmente comprensible. Este pago lo hice por cuenta y fue alrededor de 47,80 mas o menos, es decir unos 6 euros de cargo. se pagó y ya esta. Hara de eso un par de años.
resulta que hace un año, en Agosoto, por vacaciones me olvide, otra vez de dejar en la cuenta lo necesario, y volvio a ocurrir lo mismo, pero esta vez el cargo que me quisieron pasar era de 24 euros, y por lo tanto me negué, por que entiendo que de un contrato sin haber firmado yo ninguna modificacion no puede haber por el mismo hecho dos penalizaciones diferentes, ademas que habiendolo hablado con ellos, en conversacion guardada por mi en el movil, me dijeron que las condiciones del contrato se habian modificado y por tanto esa era la nueva cantidad a pagar por un impago. Yo por supuesto respondi, que quien habia firmado esa modificacion de contrato, porque yo no.
Asi que ese imago se ha quedado pendiente, ellos intentan pasarmelo todos los meses junto al habitual de 43 euros, el cual pago pero el de 67 no.
Hoy he ido a llamar a esta entidad, para solicitar un ingreso por su parte en mi cuenta, ya que tengo un dinero disponible que puedo usar, y me han respondido que mientras este ese imago no puede hacer ningun ingreso.
No se si es normal, si hacen bien o no, pero lo que en mi persona pienso, sin ser persona de leyes, pero si bastante racional, es que entonces si se supone que no lo ingresan porque yo incumpli un contrato, cosa que dudo por devolver un solo recibo, ¿a que fin me siguen pasando el importe de ese contrato incumplido por mi parte?
¿No son ellos quienes estan incumpliendo por no darme un servicio qus si esta registrado en ese contrato?
Si podeis decirme algo os lo agradeceria. Ya que me lo imaginaba pero me parece curiosa la situacion. Para dar no esta el contrato en vigor, para cobrar si. curioso.
Muchas gracias a todos los que leais este caso y mucho mas a quienes me ayudeis a solucionarlo.
gracias por responder, ten por seguro que lo haré, pero antes quiero conocer opiniones de gente que conozca la materia, como los usuarios de este foro.
Habría que ver el contrato original que firmaste, pero normalmente las entidades se reservan el derecho de modificar las comisiones o tipos de interes que aplican de forma unilateral, aunque tienen la obligación de comunicarte la modificación de las condiciones.
No me parece raro que en el contrato ponga que si se produce algún impago se anula el crédito que tienes disponible, por tanto ya no puedes disponer más, lo que no quiere decir que el contrato ya no este en vigor, pero desde luego no van a renunciar a seguir cobrándote por el importe dispuesto anteriormente.
Efectivamente, las cláusulas de ese tipo de contratos suelen ser bastante abusivas, y el importe que te cobran cuando se produce un impago muy alto.
buenos dias.
tengo linea de credito con cetelem desde hace algun tiempo. por problemas economicos me he visto en la obligacion de tener que sacar dinero de esa cuenta. lo que yo no sabia es que cuando sacas dinero te cobran comision, pero lo mejor de todo es: yo ahora mismo puedo pagar los recibos ya que mi situacion economica ha mejorado. tengo una deuda pendiente de unos 3300 euros, todos los meses pago 150 euros de los cuales solo 50 se van a la deuda, los otros 100 son en concepto de mantenimiento, comisiones, etc... calculando, me he dado cuenta de que tardaré 7 años en saldar esta deuda. esto es legal? gracias, un saludo.
Respecto a las comisiones indebidas, mi consejo es que reclames por escrito al Servicio de Atención al Cliente de la entidad, al objeto de que dicha practica constituye un mala practica bancaria, tal como reconoce el Banco de España, si no se acompaña de una efectiva notificación fehaciente de dicho impago.
Respecto a la ultima pregunta, es el problema de estas tarjetas, por cada pago mensual, la mayor parte es para pagar intereses y casi nada de amortización de capital, lo mejor, intentar prescindir de ellas, puede ser un gran problema a la larga.