Entiendo que estés hablando de distintas administraciones una dependiente del Mº de educación y ciencia y otra de una Admon local, como es un ayuntamiento, pero el cto de la primera con tu empresa y el de tu empresa con vosotras es de ámbito laboral y por tanto se rige por normativa laboral y por tanto os tienen que subrogar. Es mi opinión, puedo estar equivocado, pero asesoraros en un sindicato, os sacaran de dudas.
Limpieza en edificio publico por empresa privada .
Somos tres limpiadoras, de una empresa privada, con contrato fijo indefinido de centro, trabajamos en un edificio oficial que ubica la consejería de educación, antes de diciembre 2011 dicho centro pasará a regirlo el ayuntamiento, por lo tanto nuestras dudas son si la empresa de limpieza de ese organismo oficial tiene que subrogarnos por ser fijas de centro?, o por el contrario como en su dia el concurso fue con educación y ahora abandona el centro, nosotros quedamos desamparadas sin lugar donde trabajar?. Gracias de antemano, espero haberme explicado y quedo a la espera de respuestas.