Muchas , Muchas gracias .
Mis perros son mi familia y me tranquiliza enormemente.
Gracias al foro y Gracias a vosotros por vuestro tiempo y amabilidad.
Un abrazo grande.
Manuel por favor no nos lie poniendo una pregunta en un hilo que no tiene nada que ver.
Abra uno para ello
Lyperia
En principio podemos afirmar que no hay precepto legal alguno en la Ley de Propiedad Horizontal, que prohíba expresamente o se oponga a la decisión de un vecino, en su cualidad de propietario o inquilino, de tener un perro o cualquier otro animal de compañía, con la salvedad de que dicha prohibición esté expresamente recogida en los Estatutos de la Comunidad. Cosa distinta es que los animales causaran molestias o dañaran la finca, como veremos a continuación.
Algunas mascotas pueden resultar molestas para una parte de los vecinos. Sus ruidos o los olores pueden ser motivo de discusiones y malestar en la comunidad y pueden llegar a comportar un grave problema de convivencia.
Pero ¿la comunidad de propietarios puede prohibir tener animales? La respuesta es no, pues prima el derecho individual de una persona al interés colectivo de la comunidad, pero con algunos matices que explicamos a continuación.
¿Qué dice la Ley?
La Ley de Propiedad Horizontal no establece ninguna restricción sobre tenencia de animales. Sí podría ser que los estatutos de la comunidad, que son normas que regulan las situaciones internas, recogieran alguna prohibición. Y para su aprobacion es necesario unanimidad.
Usted vote no e indique que es necesaria la unanimidad segun consta en el art. 17.6 de la LPH para incluirlo en los estatutos y q ue impugnará el acuerdo si lo dan como aprobado sin la unanimidad.
Si en una junta se aprueba contratar alguien que vigile que no se cuele nadie en la zona común un par de meses en verano, aunque no esté nada claro que vaya a ser efectivo ¿puede un propietario o varios negarse legalmente a pagar ese gasto? Dado que ni es un gasto de mantenimiento ordinario, ni un gasto extraordinario necesario como derrama por obras, y se prevé que el importe supere una cuota mensual por piso.
Yo creo que tienes un derecho que no puede ser ignorado por la comunidad. En la junta debes explicarlo y, en su caso, votar en contra, avisando de que en caso de acuerdo lo impugnarás por grave perjuicio.
Muchas gracias ,
No tengo ningun derecho ta que llevo con mis 3 perros viviendo aqui? es decir, Pueden decir despues de estos años que llevo en mi casa , decirme que ahora son 2 los permitidos?
Gracias
Gracias por contestar,
Mi comunidad la mayoría son extranjeros de muchas nacionalidades, y el ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana i pone mas o menos lo de oponerse a lo que pueda molestar al vecino , es decir , prohibe resumidamente todo lo que pueda afectar negativamente al resto de propietarios , zonas comunes, etc , pero no limita las libertades mientras esto se cumpla ,
8 dias antes? esta directiva es antianimalista , y a mi no me da tiempo de movilizar al resto de vecinos ya que la mayoría no viven y lo tienen alquilado , y les puedo asegurar que no se traduce .
Es legal este tiempo?
Trabajo casi todo el dia y ni tengo los correos de estas personas ni me da tiempo a recabar firmas en los 2 dias que libro.
No quiero dar lugar que se apruebe por desconocimiento de muchos de este régimen que quieren imponer ya que muchos con 8 dias ni habrán podido leerlo.
Que puedo hacer? Muchas gracias.
El tiempo para la convocatoria es legal. No se trata de recoger firmas, es ganar la votación en la junta.
Limitar el número de mascotas en casa me parece absurdo. Puedes tener un solo perro que de la lata por ocho.
Otra cosa es regular el uso de espacios comunes. Eso tiene su lógica.
Los pasos a seguir para mí son hablar con los vecinos antes de la junta, y sobre todo durante la reunión. Si se empeñan en poner esa norma yo no me pondría a impugnar. Seguiría con mis mascotas, respetando la convivencia, y que sea la comunidad quién pleitée contra tí.
Yo creo que una comunidad de propietarios no puede prohibir la estancia de mascotas en una vivienda, lo que sí podría hacer, y bajo la justificación de que causen actos molestos o insalubres, es limitar el uso de zonas comunes como el ascensor, por ej. Yo, en caso de que se prohibiera, demandaría a la comunidad e intentaría probar que mis mascotas no producen actos molestos o insalubres
Limitación de perros a 2 y si es el caso a 4 gatos por vivienda
buenas noches.
En Mi comunidad de vecinos elegimos nueva directiva.Estamos en el año y medio de mando repetimos reunión de la comunidad ya que una vecina impugno por defecto de forma cada punto a debatir en la anterior reunión ya que no figuraba en los puntos avisados en los que se iba a basar la reunión .
Cual es mi sorpresa que ayer nos llegó por email los puntos de régimen interno a debatir el miercoles proximo es decir 8 dias antes de la reunión de vecinos en los que se limitan los animales domésticos por vivienda , su libre circulación por el complejo , paso por recepción , diciendo las puertas que ellos quieren que entremos al complejo , etc.
tengo 3 perros , y llevo 6 años que compre mi casa . tengo que sacrificar entonces uno de ellos? abandonarlo o irme de mi casa porque esta directiva lo propone en este momento?
solo son 8 dias antes de la reunión y no me da tiempo de pedir firmas o convencer que voten en contra de dicho régimen al resto de vecinos.
tengo algún derecho por vivir aquí con mis animales antes?
Muchas gracias , a ver si alguien ne puede indicar que pasis debo seguir
Gracias.