Lo primero saludaros a todos ya que me acabo de incorporar a este foro.
Trabajo llevando el tema laboral en una asesoria y tengo una una duda sobre la limitacion de horarios en situacion de IT. Me explico, tengo a una trabajadora que se ha cojido una baja derivada de cc en su sexto mes de embarazo y me consulto si es cierto eso de que si estas de baja tienes que estar en casa para las 22:00 de la noche. para mi que eso es una leyenda urbana pq nunca he visto en ningun soporte legal que lo especifique, si que se habla de la no realizacion de actividades que supongan un riesgo para su situacion, pero nada de horarios, que tiene eso de realidad? y donde tengo jurisprudencia al respecto?
muxas gracias