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Licencias vivienda nueva construcción

10 Comentarios
 
Licencias vivienda nueva construcción
07/07/2009 14:54
Hola a todos.


Soy nuevo en el foro, y os solicito ayuda porque tengo un problema con mi vivienda y no tengo ni idea de cómo actuar.

Compré una vivienda sobre plano, y deben entregarmela en breve. Nos enviaron hace un par de días una carta certificada citándonos para firmar la escritura porque ya disponían de licencia de primera ocupación. Yo dudaba de que esto fuera así, porque todas las zonas comunes que van con el edificio (piscina y demás) están sin acabar, y todavía les queda bastante, están sólo recién iniciadas.

Al investigar en el ayuntamiento me explican que sólo el edificio tiene licencia de primera ocupación, porque al iniciar las obras todas las zonas comunes se ejecutaron como "obra menor", y como tal no llevan posteriormente ningún control. Yo dudo mucho que las obras de piscina, zona infantil, pistas de padel, etc., de una comunidad de casi 400 viviendas sea una obra menor, y me niego a aceptar que nos obliguen a firmar sin estar acabadas las obras y que cuando las acaben, si llegan a hacerlo, nos las entreguen como ellos quieran, sin ningún control, y sin tener nosotros la seguridad de que son fiables, seguras para los niños, etc.

¿Esto es así? ¿Es legal? ¿No puedo acudir a ninguna admon. competente?

Gracias de antemano por vuestra ayuda.
07/07/2009 16:04
La solución es tan sencilla como que nadie firme las escrituras, hasta que la dirección facultativa certifique la finalización de las obras, conforme a licencia y proyecto aprobado.

Acudir a la administración, ¿ para que ?, el que firma en esas condiciones es porque quiere.

Un saludo.
perfil Vio
07/07/2009 17:41
No solo que firme la dirección, sino que Vds. lo vean y comprueben, comprando a "cuerpo cierto", o sea, a su satisfacción.
07/07/2009 18:19
Muchas gracias por la información.

Entonces, ¿esta obra de las zonas comunes debe llevar certificado de final de obra? ¿aunque sea obra menor? Es que en el ayuntamiento me dijeron que la única licencia que debía tener era la de obra, y que estaba concedida desde 2006.

¿Si no estamos satisfechos nos podemos negar a firmar?
07/07/2009 18:59
Estoy de acuerdo con Vio en que cualquier cosa que Vds. paguen y/o firmen debe estar a su satisfacción.

Dicho esto y salvo mejor opinión:

1.- Si eso es una "obra menor" no lleva dirección de obra, porque no lleva proyecto.

2.- Dudo de que unas obras como las que Vd. describe se puedan calificar obra menor y como dudo yo en su lugar le pediría al Ayto. un informe por escrito y debidamente rubricado por Urbanismo y/o por el Secretario y/o por el Alcalde diciendo lo que se aventuran a afirmar verbalmente y para conseguir dicho escrito con garantías, llevaría esto a un Letrado especialista en Urbanismo.

Saludos,
07/07/2009 20:48
Alex,

Lo dicho, hasta que la promotora no os deje examinar el certificado de la dirección de obra, como que las mismas han finalizado conforme a proyecto aprobado y licencia concedida, no firméis nada. Ah, y el certificado debe ir visado por el colegio correspondiente.

Si tenéis dudas sobre lo que el proyecto pueda llagar a contemplar y del alcance de la licencia, solicitad examinar ese proyecto y esa licencia en el ayuntamiento. De ambos documentos tienen copia.

Y dejad que digan lo que quieran en el ayuntamiento respecto a que la licencia de las instalaciones recreativas sea para obra menor, no hagáis ningún caso a eso. Si en el contrato que firmásteis dice que esas instalaciones estarán a disposición de la comunidad a la entrega de las viviendas, con no firmar nada hasta que estén terminadas solucionado.

Veréis como pierden el culo si os negáis a firmar las 400 escrituras. Y otra cosa Álex, la promotora no os OBLIGARÁ a firmar nada si incumple lo estipulado en el contrato, solo os puede OBLIGAR si lo cumple. Vosotros sabréis lo que firmasteis en su día.

No obstante Álex, si sois 400 los afectados, creo que estáis perdiendo el tiempo exponiendo vuestro problema por los foros, en éstos lugares se te puede dar consejos que, si se tuviesen a la vista el proyecto, la licencia y el contrato, podrían ser diferentes.

En mi opinión deberías haber puesto el asunto en manos de un abogado.
07/07/2009 21:24
Estimada Alga:

El Certificado y la Dirección de Obra la pueden examinar, pero mi opinión es que al Excmo. Ayto. les pagamos sus impuestos para que hagan su trabajo, que incluye entre otras acciones lo que Vd. detalla.

Respecto a que en el Excmo. Ayto. pueden decir lo que quieran, mi opinión es que cuando hablen deben sujetarse a las leyes vigentes al igual que cuando se expresen por escrito, siendo bastante habitual y extendido que verbalmente quieran confundir al contribuyente para pillarle y cobrar, que es lo único que suelen buscar.

Estoy de acuerdo con Vd. en que los afectados busquen un Letrado, como ya ha quedado dicho en mi anterior post.
08/07/2009 10:47
Otra cosa alex_arias,

Que todas las claúsulas contractuales que hayan firmado Vds. con la Promotora, tienen validez siempre que no hayan sido firmadas en fraude de ley, lo que desde luego debe estudiar también el Letrado especialista en Urbanismo.

Saludos cordiales,
08/07/2009 11:23
Muchas gracias a todos.

La verdad es que hace algun tiempo, y viendo lo que se avecinaba, decidimos reunirnos bastantes vecinos, aunque no éramos todos porque no conocemos la identidad de los compradores. Pero en las reuniones que tuvimos no habia forma de ponernos de acuerdo, y al final había demasiados conformistas, que decian que frente a la promotora no podiamos hacer nada, que ellos tenian la fuerza. Por eso estoy intentando averiguar algo por mi cuenta. Creo que consultaré a un abogado, pero antes iré de nuevo al Ayuntamiento y solicitaré ver el proyecto y las licencias, y que me expliquen por escrito por qué la obra es menor. A ver que pasa. Al final hay una indefensión total del ciudadano frente a toda esta gente.
08/07/2009 11:42
Perdonad, pero tengo una duda. Uno de vosotros me indica que al ser obra menor no lleva dirección de obra ni certificado de final de obra según proyecto, y otro me explica que sí. ¿Es obligatorio, o es usual que lo hagan? ¿Podria pedir que me lo presenten a la firma? ¿O si no tiene, puedo pedir otro documento o certificado al respecto??

Gracias
08/07/2009 14:19
Alex, no tienes una sino muchas dudas. Es mas, tengo la sensación de que temes perder la posibilidad de quedarte con el piso si te niegas a firmar la escritura y por otro lado, por las razones que tú sabrás, pretendes retrasar esa firma sin saber a ciencia cierta que excusas argumentar. Creo que deberías leer de nuevo detenidamente lo que se te dice en los post anteriores y lo que a continuación te comento para salir definitivamente de ellas.

Insisto una vez mas, si creéis que os quieren entregar las viviendas sin estar TODAS las obras terminadas NO FIRMÉIS nada, y si no estáis seguros de cómo está el asunto, DEBÉIS SOLICITAR VER EL EXPEDIENTE DE ESAS VIVIENDAS EN EL AYUNTAMIENTO para saber realmente como está todo y si teméis no comprenderlo, contratar a un abogado o a un arquitecto para que lo haga por vosotros.

En el supuesto de que consideréis de que la licencia de primera ocupación concedida es incorrecta, y por tanto ilegal, denunciad al ayuntamiento que es quién la ha otorgado.

Y es que se te puede seguir dando diferentes soluciones y explicando infinidad de cuestiones que a nada conducen, si no quieres llevarlas a cabo, excepto a confundirte mas todavía. Por ejemplo.

Una piscina comunitaria para 400 viviendas debe cumplir con la normativa de accesibilidad que requiere de proyecto visado y en consecuencia una licencia de obra mayor. Pero claro esa no es otra cosa que mi opinión, si el ayuntamiento tiene aprobada una normativa que diga lo contrario, aplicará esa normativa y punto, sin embargo creo que esa cuestión, licencia mayor o menor, es irrelevante para el problema que planteas.

Si esa piscina y el resto de las instalaciones de recreo comunitario son de uso privativo exclusivo de las 400 viviendas, al ser elementos comunes deben estar contemplados en el proyecto aprobado para las viviendas y deben considerarse esenciales para la habitabilidad, a los efectos de concesión de la licencia de primera ocupación. Al constituir una manzana cerrada esa licencia lo será para todo el conjunto una vez terminadas todas las obras.

Si a esas 400 viviendas se les ha concedido licencia de obra para construirlas por fases o por bloques, independientes unos de los otros y las zonas comunitarias son también independientes entre sí, cuando alguna de esas fases y las zonas comunes a ella vinculada se terminan de construir adecuadamente, se les debe conceder licencia de primera ocupación si el promotor lo solicita.

Sin embargo si esa piscina y zonas de recreo son de uso público y de cesión obligatoria al ayuntamiento, a pesar de que esté obligada a construirlo la promotora de las viviendas porque así se lo haya exigido el ayuntamiento para la concesión de la licencia de obras de las viviendas, no son elementos comunes a considerar para la concesión de la licencia de primera ocupación de las mismas.

¿ En qué situación están esas viviendas con respecto a la zona de esparcimiento ? ¿ es toda la zona común a todas las viviendas o están divididas para disfrute de los bloques por separado ? o ¿ son de uso público ? Todas estas preguntas te las puedes contestar EXAMINANDO EL EXPEDIENTE QUE OBRA EN EL AYUNTAMIENTO, y una vez contestadas podrás actuar en consecuencia..

Todavía tampoco te has dignado explicar que pone en el contrato que firmaste con la promotora, podría haber sido esclarecedor.

Como ves podríamos estar especulando indefinidamente sobre tu situación con aportación de propuestas para solucionar tú problema, pero si en lugar de ponerlas en práctica sacas a relucir otros nuevos, no vamos allegar a ningún lugar.

Un saludo.