Hola, trabajo en Huelva en un hotel y me rijo por el convenio de hosteleria de Huelva, mi pregunta va por el tema de las licencias retribuidas por el fallecimiento de un familiar, bien, mi padre murió el martes pasado, y me cogio en dias de descanso, libraba martes y miercoles, entonces la empresa me da de licencia martes, miercoles y jueves, pisando así mis dos días de descanso, mi pregunta es si la empresa tiene la obligacion de cambiarme los días de descanso para que así yo disfrute de mis dos días de descanso, en el convenio no viene nada claro y en el estatuto tampoco, queria saber si existe alguna jurisprudencia que este a mi favor.
Gracias de antemano.