Saludos.
Siento discrepar contigo Canosarq, pues, en caso de no contestación por el Ayuntamiento se entenderá concedida la licencia siempre que la valla a realizar cumpla con los requisitos establecidos por la normativa municipal (salvo el derecho de terceros como todas las licencias). Así que presenta el escrito y mírate las ordenanzas municipales al respecto (o pregunta en el Ayto. directamente) si no contestan a tu solicitud entiendo que obtendrías licencia por silencio administrativo.
Si es necesaria Licencia Municipal para el vallado de un terreno.
Inclusive en muchas Normas o Planes existe un articulado expecífico para este tema, tal como alturas, partes ciegas, etc...
En el caso de no contestar la Administración, entiendo que no existe el "silencio administrativo positivo", dado que puede "afectar a terceros" (en este caso a colindantes), pero si entiendo que cualquier propietario puede cerrar o lindar su propiedad (insisto que cumpliendo las Normas y sin afectar a terceros)
hola, supongo que necesito licencia para vallar un terreno, voy a presentar una solicitud, pero... y si no contesta la administración en plazo: ¿se entiende la licencia concedida por silencio administrativo?