Veo dudoso, que la situación de interinidad en la administración autonómica, te de derecho a solicitar la excedencia. Creo que esto es solo para funcionarios en propiedad y solo a partir de 2 años de la toma de posesión.
Salvo mejor opinión.
Hola a todos. El problema es el siguiente:
TRabajador contrato interinidad en administracion autonomica consigue por oposicion puesto en ayuntamiento. Dicho trabajador no quiere perder su puesto en la administracion autonomica y mira las posibilidades (excedencias , licencia sin sueldo...) de acceder al puesto del ayuntamiento para acto seguido mediante excedencia ( por interes particular, por servicios en otras administraciones..etc) volver a su puesto sin perderlo en la administracion autonomica.
Creeis que es compatible la licencia sin sueldo con el trabajo en el ayuntamiento? Si esta persona no accede al trabajo del ayuntamiento yo soy la siguiente a quien tienen que llamar.