Una vez obtenida licencia de obras sobre proyecto básico se presenta el proyecto de ejecución para su aprobación sin que el ayuntamiento haya resuelto aun después de 5 meses: a) ¿puede el mismo entenderse aprobado por silencio positivo? y caso afirmativo, b) ¿puede el Ayuntamiento denegar esa aprobación por supuesto incumplimiento urbanístico cuando la licencia esta ya obtenida y, por tanto, el control urbanístico ya ejercido?