Conozco que el RD 1000/2010 exime de la obligación de visar los proyectos básicos convirtiendolo en un acto voluntario, Veo.
Pero como las competencias urbanísticas residen en las CCAA, es por lo que entiendo que en el ámbito de esas competencias dichas administraciones PUEDEN ( las que lo consideren ) legislar estableciendo los controles y condiciones que estimen oportunos en materia de disciplina urbanística.
De hecho, en el Pais Vasco, Andalucía, Baleares, Asturias, Murcia, Aragón y La Rioja las leyes urbanísticas establecen esa obligación.
el básico ahora no requiere visado, aunque hay ayuntamientos que, con interpretaciones particulares, exigen el de ejecución, que ese sí ya ha de ser visado
El proyecto ha de ir firmado por técnico competente que no necesariamente debe ser arquitecto.
En mi CCAA la ley urbanística exige para solicitar licencia de obra mayor la presentación de proyecto básico visado por el respectivo colegio profesional. Creo que en el resto de comunidades también.
Hola, tengo entendido que para solicitar en el ayuntamiento una licencia de obra mayor, es necesario que el proyecto esté firmado por un arquitecto, y también sellado por el colegio de arquitectos de la zona. ¿Es correcto? que datos deben constar en la licencia que se presente a los vecinos?
Un saludo y gracias.