Soy arquitecto, y la situcación me parece surrealista.
Entiendo que los nuevos propietarios de la casa se convierten en promotores de la ejecución de la obra. Lo lógico habría sido regularizar la anterior relación profesional con los nuevos promotores (en mi colegio le llaman a esto novación de encargo). Creo que el problema lo tiene el aparejador, no el anterior propietario, por no poner las cosas claras sobre la mesa. ¿Le reclama al anterior propietario y chantajea con no entregar la documentación relativa al final de las obras? Si es así, me parece grave.
Me parece increible-ble. El Sr. Aparejador ha realizado un trabajo y evidentemente exige el cumplimiento del contrato, el único que mantiene contrato con el Sr. Aparejador parece ser que es Vd. Ana porque si los compradores se hubieran subrrogado en este contrato la información se habría hecho completamente visible y clara y eso no ocurrió en su momento o no interesó o era menos importante que otras cuestiones.
Tenga claro que se expone a demandas por parte del Sr. Aparejador en tanto que mantienen un contrato y Vd. parece que estima favorable a sus intereses no darle cumplimiento y a demandas por parte de los compradores y su Letrada ya le ha advertido porque y Vd. sabrá lo que ha afirmado en la venta y lo que ambas partes aterrizaron en las claúsulas contractuales.
Primero, el aparejador no solicita licencias, es el promotor (ustedes) quien lo hace.
La reforma de la casa la ha hecho otro promotor, por lo que entiendo que la factura del aparejador por la Dirección de Ejecución de la Obra debe estar a nombre de quien ha hecho la obra.
Como ustedes tenían un contrato en el que dice que se le pagaría la segunda parte una vez realizada la obra, entiendo que si no la han realizado no tienen por qué pagarla, a no ser que en dicho contrato se establezca algún tipo de indemnización.
En todo caso es un contrato privado entre ustedes y el aparejador, que no les vincula para nada con el comprador posterior.
En cuanto a la afirmación de la abogada del comprador, infórmenle de que, una cosa es el Proyecto y la Licencia de Obra, que ustedes liquidaron con el técnico antes de vender la casa, y otra distinta es la Licencia de Primera Ocupación, que la tiene que solicitar el propietario de la casa tras la reforma, no ustedes. Antes de la reforma es imposible que ustedes tuvieran esa Licencia, ya que se concede una vez terminada la obra.
Necesito urgente ayuda sobre un caso legal. Hace dos anos vendimos una casa con las licencias de obra y los planes del arquitecto. Al tiempo de venderla las licencias estaban caducadas y los compradores acordaron renovarlas ellos. Nosotros habiamos contratado un aparejador al que le abonamos una cantidad para solicitar las licencias. El resto de la factura tenia que ser abonado al completar la reforma de la casa. Como nosotros vendimas la casa sin reformarla esta cantidad nunca la abonamos. Ahora los propetarios de la casa han terminado la obra de reforma y para poder obtener la licencia de primera ocupacion el aparejador nos solicita esa cantidad.
La abogada de los nuevos propetarios nos ha dicho lo siguient "También le recuerdo que usted vendió la propiedad bajo la afirmación de que todos los servicios relativos al Proyecto y Licencia estaban abonados por ustedes lo que resultó no ser cierto y lo cual puede facultar a los compradores a instar demanda judicial por ello"
Lo que no tengo uy claro pues si vendes una vivienda sin reformar con planes como vas a pagar por completacion de reforma??