La forma de actuar que describes, lamentablemente la sufre la mayor parte del litoral mediterráneo y andaluz.
En Cataluña creo que están en el buen camino para intentar " arreglar " el problema, sin embargo, da igual referirse a tu comunidad que a la andaluza, no solo no se está haciendo nada, sino que incluso se fomentan asociaciones cuyos miembros son en la mayor parte extranjeros que con la denuncia de que las leyes españolas fomentan la destrucción del paisaje, están intentando protejer los desmanes urbanísticos que, ellos mismos, han cometido en los últimos 20 ó 30 años.
Hola de nuevo alga y muchas gracias por tus respuestas.
Creo que no he planteado bien este debate. Aquí en el sur de Alicante la metodología que siguen el 80% de las casas construidas en suelo no urbanizable es el siguiente:
- Se comienza a construir sin nigún tipo de licencia y haciendo caso omiso al planeamiento.
- Cuando el Ayuntamiento considera oportuno envía la visita de los técnicos que, dependiendo de no se que factores, paralizan la obra o no.
- Pero la obra continúa como si nada hubiera ocurrido.
- Se interpone la correspondiente denuncia que se paga de forma aplazada.
- A los cuatro años la infracción ha prescrito y todos tan contentos, unos con el dinero y otros con su casa.
Esta metodología la siguen también algunos de los concejales del propio Ayuntamiento y personas allegadas. No creo que esto sólo ocurra aquí. Pero éste no es el problema que me afecta, aquí esto ya es una cosa normal.
Mi molestia al respecto, es que yo que estoy solicitando una licencia de obra menor, también se incumpla la ley por parte del Ayuntamiento. Primero porque han pasado tres meses y no he recibido notificación alguna, es decir, se pasan por "el forro" el artículo 195 de la Ley Urbanística Valenciana.
Segundo porque no creo justo que quieran condicionar la obtención de la licencia de ocupación para otorgar o no la licencia de obra menor, ya que ni las ordenanzas ni la ley vigente dice nada al respecto. Es decir, si quiero que se continúe con la resolución de la licencia de obra he de aportar una licencia de ocupación.
Yo solicitaré la licencia de ocupación una vez acabada la obra, tal y como reza la ley, pero el solicitarla ahora y adjuntarla al expediente de solicitud de la obra menor, y esperar la resolución, supondría sin exagerar ocho o nueve meses más, cuando la ley dispone que el máximo ha de ser de tres meses.
Es decir, para cambiar cinco ventanas y pintar una habitación de forma legal ha de pasar un año y tengo perder más tiempo y dinero que si lo hiciera de forma ilegal?
Gracias por vuestra aportación, sois de mucha utilidad!
Que haya prescrito la infracción por construir sin licencia, como que esté inscrita en el registro de la propiedad, no significa que la construcción sea legal. Se puede ser propietario perféctamente de un edificio ilegal.
Con la prescripción de la infracción si significará que, de poder demostrarla, la administración no podrá actuar contra ESA infracción y no podrá obligar a demoler, pero nada mas.
Todas las construcciones, legales e ilegales están obligadas a pagar el IBI pero, y eso ya está muy debatido en este foro, ello no confiere ningún derecho urbanístico. Los derechos urbanísticos provienen de las concesiones de las respectivas licencias.
Ignoro en que CCAA se encuentra la casa, por lo que dependiendo del lugar las cosas podrían ser diferentes, no mucho, pero si te piden la licencia de primera ocupación y no puedes aportarla, administrativamente significa que dicha casa no es habitable aunque tenga luz, agua y teléfono.
Los servicios deben ser los adecuados para que la vivienda reúna los requisitos establecidos legalmente para ser habitada y además deberá cumplir con el planeamiento del municipio, si lo cumple pero se construyó sin licencia, es posible que tengas que aportar un certificado elaborado por un técnico competente que asegure su conformidad y si no es compatible con la ordenación urbanística, es cuando comenzaras a tener verdaderos problemas.
Pero bueno, quizá este adelantando acontecimientos indebídamente.
Digo que es legal porque en caso de que la casa se construyera sin proyecto y sin licencia de obras la infracción ya ha prescrito, además pago IBI como uso residencial, la casa tiene agua y luz desde que se construyó y teléfono desde unos años después. No se si tiene licencia de primera ocupación, pero seguro que de segunda ocupación no tiene. Pero mi duda es que si no tiene licencia de ocupación, ésta no se puede condicionar para la concesión de una obra menor, es así? La ordenanza dice que la licencia de ocupación se deberá solicitar al finalizar una obra mayor y para obras menores se solicitará una inspección para comprobar la adecuación de las obras a la licencia otorgada. Muchas gracias.
Casa construida en suelo no urbanizable, ¿ de donde deduces que la casa es legal ? ¿ se hizo con proyecto y licencia de obras, tiene licencia de primera ocupación ?
Opino que eso es lo que el ayuntamiento pretende averigüar antes de conceder la licencia solicitada.
Buenas tardes. Os comento mi cuestión por si alguien puede ayudarme. Hace castro años compré una casa de dos plantas en una zona no urbanizable. La casa fue construida en el año 1.989 y es totalmente legal. He solicitado una licencia de obras menores para cambiar las ventanas y pintar una habitación. Entregué en junto con la autoliquidación todo lo que me pedían: plano de situación, presupuesto, etc. Ahora, después de tres meses y porque yo he ido al Ayuntamiento a preguntar por el estado de la licencia de las obras me piden una licencia de ocupación, una nota simple y una memoria detallada con fotografías. Me gustaría saber si pueden pedir toda esta documentación ya que están fuera de plazo según la ley, y para qué quieren un licencia de ocupación si la casa cuenta con todos los servicios (agua, luz, teléfono) desde hace varios años y la obra no afecta a la disposición interior de la casa. Gracias.