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Licencia de Obras

7 Comentarios
 
Licencia de obras
11/12/2008 18:14
Buenas tardes compañer@s:

Tengo un asunto que me trae loco y necesito ayuda.
Un cliente obtiene Licencia de Obras para construir garaje en patio de su casa con salida a calle privada de vecinos. Paga su Licencia y construye su obra totalmente coincidente con los extremos de la Licencia concedida (pide garaje, hace garaje).

Bien, al cabo de un año solicita de nuevo Licencia de Obras para construir encima del echo de ese garaje salón con acceso interior desde su vivienda. El Ayuntamiento le exige Proyecto Técnico de ese salón. Contrata Arquitecto y Aparejador; hacen sus Proyectos respectivos y va el Colegio de Arquitectos y le dice a su Arquitecto: NO TE VISO EL PROYECTO DE OBRA HASTA QUE ME TRAIGAS DEL PROMOTOR UN PROYECTO DE LEGALIZACION DEL GARAJE SOBRE EL QUE SE ASIENTA.

Toma ya. Si el cliente cuenta con Licencia de Obras de ese garaje legalmente construido:

1º. ¿Está facultado el Colegio de Arquitectos para exigir el Proyecto de Legalización?
2º ¿Su actuación es desmesurada y abusiva teniendo en cuenta que es el único órgano que visa proyectos y tiene paralizada la obra de mi cliente?
3º.¿Puede instar la revisión de la Licencia de Obras ese órgano?
4º.¿Qué actuación precisa me recomendáis que pueda llevar a cabo mi cliente?

Os ruego por favor me ilustréis al respecto dado que no consigo ver con claridad este tema.

Gracias a tod@s por vuestra ayuda.
perfil pac
12/12/2008 18:31
Creo que lo que pide el colegio es que se aporte la licencia de primera ocupación. Esa licencia es necesaria para la primera utilización de cualquier edificio, o en las modificaciones de uso de los mismos y seguro que no habrá ningún problema si, como dices, se ha construído conforme al proyecto y licencia para ese proyecto concedida.

Un saludo.
12/12/2008 19:02
Amigo pac:

gracias por tu respuesta pero creo que no has entendido bien mi mensaje.

Mi cliente hizo su garaje sin aportar proyecto alguno dado que el ayuntamiento no se lo requirió, simplemente le concedió licencia de obras.

Es ahora cuando mi cliente ha presentado un proyecto de obras de salón para construirlo arriba del techo del garaje y es cuando el colegio de arquitectos se niega a visar ese proyecto de obras nuevo hasta tanto en cuanto no se le aporte proyecto de legalización de las obras del garaje.

Mi cliente tiene licencia de obras del garaje pero no proyecto porque no se lo pidieron en el ayuntamiento: tiene licencia de obras por dios, ¿a qué viene ahora que el colegio le pdia la legalización de esas obras si cuenta con licencia? ¿no se está extralimitando el colegio? ¿acaso no es un abuso de poder el exigir algo que el propio ayuntamiento no hizo en su día y encima chantajea con que no visará ese nuevo proyecto?

por favor que alguien me de norte en este asunto.
Muchas gracias a tod@s.
12/12/2008 19:41
Estimados pac y manuelabogado:

Sin ánimo de polemizar con el Sr. pac y de verdad que me he leído sus comentarios en el foro y la gran mayoría de ellos me parecen acertados.

El Sr. Cliente ha realizado las obras iniciales del garaje sin proyecto, ya que las obras se realizaban en una sola planta y debieron considerarse de excasa entidad constructiva por parte del Excmo. Ayto., ya que de otra forma se llevarían los proyectos existentes al Colegio y arreglado, luego podemos concluir que no hay proyecto del garaje.

Al montar encima el salón LA PRIMERA LICENCIA DE OBRAS ES NULA, porque se han cambiado las condiciones en que ésta se otorgó.

Una construcción de dos plantas (según la LOE) necesita proyecto (de ambas plantas) y el Colegio sólo tiene proyecto de la parte de arriba.

Por otro lado cuando el Colegio visa, entre otras cosas acredita la corrección e integridad formal y la apariencia de viabilidad legal del trabajo.

Entiendo que es lícito que solicite proyectos que legalicen el garaje, porque ¿cómo podría el Colegio proceder al visado, si es evidente que otorgando el visado, se incumple la LOE en el 50% de lo efectivamente construido?.

Un saludo.
12/12/2008 22:05
Querido francisco cordon:

proyecto de obras del garaje no hay. El cliente solicitó una licencia de obras y el ayuntamiento se la concedió: hizo las obras y construyó garaje. Eso está muy claro.

Ahora bien, no entiendo tu razonamiento respecto a la nulidad de la primera licencia: será nula cuando así sea sentenciada vamos digo yo, no porque el colegio de aruitectos lo diga ni la loe (que tampoco lo dice).

El caso es que si el cliente ha obtenido su licencia de obras, ¿hasta qué punto puede llegar a chantajear a m cliente un coelgio de arquitectos negando un visado a un proyecto nuevo? vamos a ver, si en lugar de ir asentado en el techo del garaje lo fuese en el suelo de la casa, ¿también pedirían para visar el proyecto nuevo que el cliente le trajese el proyceto del suelo del patio de la vivienda? es que yo no lo entiendo.

Ha pedido una licencia para garaje y hace un garaje, no una piscina o un chalet de 5 plantas como suele ser el caso....Creo que será el 1º que cumpla una licencia en la localidad y ahora resulta que le amenza el colegio con que ese proyecto (y el dineral que le ha costado) no lo visan hasta que legalice las obras del garaje. ¿Pero que legalizacion si las obras del garaje tienen licencia?

en fin, que me pierdo, por favor ayudadme y arrojadme mas claridad.

Muchsímias gracias. Creo que el tema es interesante la verdad, se suelen dar poquisimos....
perfil pac
12/12/2008 22:13
manuelabogado, efectívamente no he leído bien tu planteamiento, entendí que la obtención de licencia de obras por tu cliente, era desde la presentación, con su solicitud, del proyecto de construcción del garaje, porque ¿ cómo puede conceder el ayuntamiento sino, una licencia de construcción sin un documento en el que vasarse ?, es evidente que el ayuntamiento se ha columpiado con éste acto, porque legalmente es imposible.

Para la construcción de cualquier obra mayor, ese garaje lo es, es exigible para el otorgamiento de licencia un proyecto elaborado por técnico competente y visado por el colegio correspondiente.

El hecho de que el ayuntamiento no haya exigido el proyecto, significa que la licencia concedida es ilegal, nula de pleno derecho y en consecuencia el garaje tambien lo es.

Lo procedente, considerando que si ha concedido licencia el ayuntamiento, significa a su vez que la construcción es conforme con el planeamiento, es que se elabore el pertinente proyecto ajustado a la obra realmente ejecutada, para que el ayuntamiento pueda legalizarlo mediante el correspondiente expediente de legalización.

Las cosas son así, tan ilegal es construir sin licencia como otorgar licencia sin el exigible proyecto visado. Aunque el garaje físicamente exista, lagalmente es " inexistente " y por lo tanto no se puede visar un proyecto, el del salón, que se prevé construir sobre algo que urbanísticamente " no existe ".

Un saludo.

13/12/2008 11:04
Estimado amigo Pac:

Me has iluminado. sinceramente creo que deberá legalizar las obras o tendrá problemas. Muchisimas gracias por tu ayuda. Y la ayuda de Franciscocordon también se agradece como no podía ser menos.

Gracias compañer@s.
15/12/2008 13:28
Estima Pac:

No estoy de acuerdo con usted en que la construcción de un garaje sea una licencia de obra mayor siempre. En unas ocasiones lo será y en otras no, depende de si las obras a realizar se pudieran encuadrar en el Art. 2 de la LOE o no.

El Excmo. Ayto. tuvo a bien considerar que el garaje no era una edificación (conforme LOE) y conceder la licencia de obras sin proyecto, pues yo opino que esa actuación no ha tenido porqué ser errónea. Ha sido la que ha sido y mejor para el cliente, en plazos de concesión de la misma, en silencio advo. favorable. Que ahora han cambiado las condiciones, pues se hace lo que se está pidiendo y ya está, pero yo no veo que el ayuntamiento se haya columpiado con este acto, al menos sin que analicemos la situación, lo efectivamente construido (a ver si la jurisprudencia lo consideraría obra mayor o menor) y toda la documentación en detalle.

Otra cosa, que lo que haya cobrado el Arquitecto que ha redacto el Proyecto es cosa suya y del Cliente y el alcance de los trabajos que hayan acordado es cosa de ambos también y ante el defecto de pedir siempre está la virtud de no dar.

Un saludo.