Tengo una licencia de obras de un bar con chimenea al aire ( sin apoyar en la pared de la comunidad)autorizada por el ayuntamiento. Y los vecinos ya me han dicho que como lo lleve a cabo me van a denunciar. Hacer ese tipo de chimeneas es muy caro y quiero llegar a un acuerdo con ellos para apoyarla en la pared( cosa que tampoco quieren).
Me encuentro en una situación bastante complicada y necesito asesoramiento.
.. Hasta qué punto te pueden denunciar con una licencia aprobada(con número de certificado y todo)????
Cuantos votos son necesarios legal mente en una comunidad para que se autoricé??? Malyoria total? Mayoría absoluta??? La mitad más uno
Buenos días, me puede informar, sobre una vivienda es legal o no.
Quiero comprar una vivienda en la Comunidad Valenciana, está catalogada por catastro y en las escrituras, como casa urbana, la cual paga I.B.I, TASAS MUNICIPALES, Y BASURAS.
El terreno es rustico. Vivienda en suelo no urbanizable. Residencial aislado. Ordenación de uso residencial, tiene red de abastecimiento de aguas y de electricidad, tiene un vial acho que realizo el ayuntamiento, para todos los propietarios que viven en dichas casas. Está consolidada y no tiene ninguna infracción urbanística
Esta escriturada desde 1991 y está hipotecada desde el 2006. Tiene el certificado de condiciones de seguridad, higiene y habitabilidad de 2005.
No tiene cédula de habitabilidad, porque el ultimo dueño dio en dación en pago la vivienda.
La finca tiene 1500 m2, destinado a jardín y de una superficie construida útil de ciento ochenta y dos m2.
En 1991 /1992 esta finca tenía 2600 m2 , se realizó una segregación ,la finca que quiero comprar tiene 1500 m2, tenía vivienda y ya estaba registrada Notarial mente, y en el catastro esta registrada desde 1991. SE ESTA HACIENDO UNA NOTA ACLARATORIA A CATASTRO, DEPARTE DEL BANCO QUE NOS QUIERE VENDER DICHA PROPIEDAD PARA QUE CONSTE EN LA COMPRAVENTA.
La otra vivienda de la vecina, que está en el terreno que se segregó en 1992, tiene 1075 m2, la vivienda es de la misma tipología que la nuestra, le concedieron cédula de habitabilidad el año 2006. Tiene suministro de agua y de luz. No solo esta propiedad sino todas las casas. La torre que les facilita la conexión de luz está en la finca que quiero comprar. También tiene fácil acceso y conexión de agua. Estoy intentando con el ayuntamiento, solicitar obras menores o obras de mantenimiento. En principio nos niegan realizar obras menores o de mantenimiento. Y nos requieren la licencia de construcción la cual no tenemos.¿Nos podemos aparar a alguna ley como la que comentan en este enlace, para poder legalizar la vivienda?
http://www.valenciaplaza.com/ver/137291/-la-nueva-ley-urbanistica-valenciana-y-las-vias-de-legalizacion-de-chalets-.html
VALENCIA. Este 20 de agosto de 2014 entra en vigor la nueva ley 5/2014, de 25 de julio,
- Para aquellas edificaciones no comprendidas en el apartado anterior y siempre que estuvieran en suelo no urbanizable común, la solución dada por la nueva norma se ha sustanciado en el requisito de los cambios de la densidad exigida. Según la norma aprobada se consideran núcleos de viviendas consolidados las agrupaciones de viviendas implantadas sobre ámbitos en suelo no urbanizable que conserven una parcelación de características rurales propias del ámbito territorial, y con una densidad igual o superior a tres viviendas por hectárea, (10.000 m2).
La inmobiliaria y la Notaria nos comentan que al estar hipotecada es una vivienda legal.
¿Es cierto que es legal?
¿Y si es la solución que indico en el enlace de la ley 5/2014 de julio para poder legalizar este tipo de vivienda?
Muchas gracias por su ayuda, y en espera de una pronta contestación.
No he leído la reforma de la Ley, pero según reza la noticia del periódico a continuación del párrafo insertado, a esas viviendas se les exigirá dotarlas de servicios urbanísticos según estándares establecidos por un Plan Especial y respectivo Proyecto de Urbanización aprobado a tal efecto por el Ayuntamiento.
Según la noticia, será cuando las infraestructuras urbanísticas estén construidas cuando las viviendas podrán ser legalizadas mediante la solicitud, por el propietario, de la preceptiva licencia de legalización.
A todo esto, a pesar de que no hace referencia a ello el periódico, debes tener en cuenta que todos los costes de implantación de las dotaciones urbanísticas necesarias se repartirán, equitativamente, entre los propietarios incluidos en el área que el Plan Especial desarrolle.
En consecuencia, mientras no se apruebe el expresado Plan Especial y se ejecuten las obras de urbanización del Proyecto de Urbanizción que se aprobará al efecto, el proceder del Ayuntamiento es el adecuado, en mi opinión.
La inscripción catastral y registro de la propiedad o eel pago de IBI o tasas municipales son cuestiones que en sí mismo no LEGALIZAN URBANÍSTICAMENTE las construciones sin licencia.
Gracias por su contestación
Nuestra gran duda, y al estar registrada notarialmente e hipotecada la vivienda es legal?
No sabemos si construyo sin licencia.
Queremos hacer reformas, solicitamos obras menores y obras de mantenimiento y como he comentado nos las niegan, por estar construida en un terreno inferior a 10.000 m2. Y solicitan la licencia de construcción. La cual no tenemos. (Como he comentado todas las casas, tienen los servicios de agua y de luz, hasta la que se segrego y se construyó 1992-1993. Tiene cedula de habitabilidad. Y esta construida en terreno inferior al nuestro. Queremos tener los mismos derechos que los otros propietarios, por lo menos los servicios mínimos de agua y luz.
Como he comentado fue construida 1991 -1992.
Hay alguna ley, que nos pueda ayudar para realizar estas obras?
Un saludo, y muchas Gracias.
La inscripción en el registro de la propiedad avala de quien es la propiedad del bien inscrito, no la legalidad urbanística.
Que esté hipotecada la casa tampoco tiene otro significado que servir de garantía del cumplimiento de una obligación.
Para que una construcción sea legal debe haberse construido cumpliendo las determinaciones de la Ley Urbanística y del planeamiento.
La concesión de la licencia es la expresión de dicho cumplimiento. Si no tenéis conocimiento de su existencia podéis consultarlo en el Ayuntamiento que es la administración competente para otorgarla.