Si la licencia está concedida con esa condición, sí.
No obstante, aunque nada indique, es obligatorio presentar certificado de la dirección de obra y solicitar licencia de primera ocupación de la ampliación que obtuvo licencia de obras.
La infracción prescribe en el plazo indicado en la ley de tu CCAA, teniendo en cuenta que dicho plazo se iniciará cuando el ayuntamiento tenga conocimiento de haberse cometido.
Esa constancia servirá, por otra parte, para incoar expediente de restauración de la legalidad por el que, si la ampliación no es legalizable por incumplir el planeamiento, terminará resolviéndose con una orden de demolición de la construcción de imposible legalización.
Cuando finalizas la obra tienes que justificar ante el ayuntamiento que has cumplido con el objeto de la licencia de obra?. Prescriben en el tiempo estas ilegalidades?
Te pueden conceder una licencia de obra para ampliación de tu vivienda y luego ampliar sin cumplir la normativa vigente?. ¿qué pasa en estos casos?. Se necesita justificar después de realizada la obra que has coumplido con lo solicitado?. Gracias