Un ayuntamiento no te va a conceder una licencia si contraviene el planeamiento. La obtendrás por silencio administrativo positivo, por cuanto éste opera automáticamente. La jurisprudencia ha cambiado de criterio y se están dando licencias por silencio positivo aun cuando incluso contra el planeamiento.
¿Debería un Ayuntamiento conceder una licencia de obras por pasarse el plazo sin haber contestado a la misma, aun a sabiendas de que el proyecto incumple el P.G.O.U.?