Contra el acuerdo de denegación de la licencia cabe recurso administrativo de reposición. Una vez presentado el ayuntamiento tiene un plazo de un mes para contestarlo. Si no lo contesta se entiende denegada la solicitud porque opera el silencio administrativo negativo.
Un saludo.
Si tras la negación de la licencia de apertura de un negocio, se recurre mediante un escrito previo a via judicial, que tiempo tiene el organismo municipal para contestar la reclamación???? a partir de cuando se considera "silencio advo" ,, de ser asi como se procedería????