Se trata de un garaje sin legalizar en Madrid al que le concedieron la licencia de obra, de primera ocupación, pero no la de actividad. Aun así se ha estado utilizando el garaje.
El Ayuntamiento requiere ahora a la Comunidad de propietarios su legalización. Mi pregunta es cual es el procedimiento a seguir. Si es simplemente tramitar un expediente de legalización de obras en el Ayuntamiento. No sé si el hecho de haberles concedido en un principio licencia de obras y de primera ocupación, y denegarles después la de actividad cambia en algo el procedimiento a seguir.
¿De que manera podrían sancionarlos?
Perdonad mi ignorancia, y muchas gracias de antemano!
Si es precisa la licencia de actividad, para el uso de garaje, el Ayuntamiento debió tramitar la licencia de obras, junto con la de primera ocupación y la actividad, en un único expediente.