Buenas. Soy Arquitecta en un Constructora y hemos realizado una obra para la Gerencia de Servicios Sociales de Valladolid. Depositamos un Aval en Ayuntamiento y cuando lo hemos reclamado nos dicen que no hay licencia de 1ª Ocupación, y ahora la Gerencia nos dice que las tasas de está licencia las tenemos que pagar nosotros porque dice que así aparece en los Pliegos de la Obra y dice así "Estará obligado a gestionar ante los organismos competentes el otorgamiento de cuantas licencias, autorizaciones o informaciones se requieran para la ejecución y entrega al uso de las obras contratadas, incluida la obtención del alta y permisos de funcionamiento de las instalaciones que conforman las obras, así como a abonar el importe de las liquidaciones que practiquen los organismos otorgantes de los mismos.. Antes de proceder a la liquidación del contrato, el contratista deberá haber acreditado documentalmente el cumplimiento de dicha obligación, debiendo figurara como titular de las obras la Administración contratante".La pregunta es, implica esto la licencia de 1ª Ocupación???o se tiene que encargar la Administración titular de dichas obras??. Muchas Gracias