Es cierto que da lo mismo si estás en un bajo o en una planta 150, siempre que la ordenanza de aplicación contemple ese uso como principal o compatible. Necesitas licencia de apertura siempre que ejerzas una actividad mercantil, independientemente de que seas abogado, arquitecto o graduado social.
Espero haberte aclarado. Un saludo.
Ahora el que pide una aclaración (a Maria Luisa) soy yo, dado que tengo un despacho profesional como Profesional Liberal abierto al público hace 17 años e indudablemente está dado de alta y tengo Licencia de Apertura, pero NO tengo contratado ningún Graduado Social, aunque tengo otros 5 empleados fijos y con su Seguridad Social al dia.
Recibo a Clientes todos los dias.
Creo no tiene nada que ver si estoy en un Bajo o en la Planta 150 del Edificio Empaire Estate.
¿Puedes aclararme tu respuesta anterior?
Un abogado que va ha montar su despacho profesional en un local comercial abierto al publico, ¿necesita licencia de apertura de establecimientos? ¿y un graduado social?