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Licencia apertura local actividad clasificada en edificio

3 Comentarios
 
27/09/2011 13:05
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26/09/2011 11:23
Se pueden otorgar licencias de apertura en edificios fuera de ordenación, siempre que todo haya prescrito y que no haya ningún expediente en curso.

En función de la potencia eléctrica demanda por la actividad y el tipo de actividad concreta de que se trate, pueden ser necesarias autorizaciones de la Delegación Provincial de Industria que en mi opinión no conviene olvidar.
26/09/2011 07:57
Como principio general, en un edificio que no tiene licencia de primera ocupación no debería autorizarse uso alguno.

Es una pretensión, la de abrir el local para cualquier actividad, que precisará de una licencia de actividad y apertura o utilización.

La administración competente para concederla es el ayuntamiento, previa tramitación del correspondiente expediente y si la normativa urbanística municipal lo permite.
Licencia apertura local actividad clasificada en edificio
25/09/2011 22:26
Licencia apertura local en edificio actividad clasificada.
Se trata de un edificio en unas condiciones peculiares que ya diré:
Los supuestos iniciales son :
a) La actividad propuesta es permitida en dicho local. Precisa proyecto técnico.
b) El local reúne las condiciones técnicas iniciales e instalaciones precisas.
c) Todo el edificio en cuestión es del mismo propietario.
d) No todo el edificio tiene luz o instalaciones, sólo una los bajos tienen una pequeña acometida en monofásico (suficiente para el arranque de la actividad clasificada)
e) El edificio tiene una antigüedad inferior a 10 años.
f) El propietario todavía está pagando hipoteca.
g) Dado que la zona alta de viviendas nunca ha tenido instalaciones de luz la licencia de primera ocupación del edificio no debe haberse obtenido aún.
h) Sin embargo se está explotando en los bajos una actividad de oficina de un rent a car.

Objetivo que se pretende.
Abrir el local de la actividad clasificada independientemente de que partes del edificio en cuestión no estén finalizadas aún.

Esto es . Se trataría de una actuación en edificación ya existente, pero sin licencia de primera ocupación para la totalidad del edificio.
Quizá se pudiera hacer una Acreditación de Declaración Responsable para la primera utilización y ocupación en esa parte del edificio.

En definitiva trato de establecer si se puede obtener la apertura de la actividad clasificada sin necesidad de electrificar todo el edificio o de completar todas las instalaciones del mismo cuando realmente las viviendas no están ocupadas.

Gracias