El ayuntamiento no me ha respondido por escrito, es más, me respondieron porque fui a preguntar, si no ni me hacen caso.
La promotora ya no exite, es más, la vivienda se la compré al que era dueño de la promotora (pero como persona física, no como empresa). Se puso la vivienda a su nombre antes de que quebrara la promotora.
De todas formas, mi tlf es 686515378, y mi correo: fmorcillo@coitt.es
Cualquier abogado experto en el tema y cercano a Valdepeñas y que esté interesado en el caso, puede llamarme.
Se me ha olvidado decir en el post anterior que la vía de comunicación con el ayuntamiento ha de ser por escrito, yo escribo y los Señores del ayuntamiento me responden escribiendo y rubricando, de lo contrario se puede incurrir en delito por parte de dichos Señores.
- Con el Ayuntamiento:
- Recurso de Alzada ante la Comisión Provincial de Servicios Técnicos, aparte de una notita amable al Órgano Competente en materia de Vivienda y Suelo de la Comunidad Autónoma.
- Si eso no funciona Juicio Contencioso.
- Con el resto de Agentes de la Edificación:
- Hablar y si no Juicio Civil.
Conviene ir buscando ayuda de un Letrado desde ya.
El ayuntamiento me comunica que ellos no pueden ayudarme (he puesto una reclamación), que ellos exigieron los documentos necesarios y la promotora se los dío (final de obra, proyecto, etc.), por lo que si yo denuncio al ayuntamiento por conceder la licencia de ocupación sin suministros, ellos irán contra la promotora o el que firmó el final de obra (o incluso los fontaneros).
También me dicen que los fontaneros no pueden negarse a darme los boletines porque la promotora no les paga (sólo por defecto de la instalación).
Es posible que adjuntando licencia a la solicitud de conexión a la empresa suministradora, ésta no ponga ningún problema.
Hay que tener en cuenta que esa solicitud de enganche debe formularla el propietario de la vivienda, no la constructora.
Si aún así se negase al suministro, siempre que la negativa fuese por escrito y motivada, es cuando podrías quejarte ante el ayuntamiento por haber otorgado una licencia de ocupación de una vivienda, que no cumple los requisitos exigidos por la Ley Urbanística de tu CCAA.
A mi me sucede lo mismo pero con el boletín del gas. Ya firmé porque no tenía constancia de todo. Tengo la licencia de 1ª ocupación pero no el boletín del gas, que me lo exigen para dar de alta el gas.
Mi duda es ¿puedo presentarme en el ayuntamiento y localizar el encargado de aprobar mi licencia de 1º ocupación? ¿Puedo reclamarle que no hay boletín de gas?
Al parecer, la constructora tuvo problemas y no pagó a los fontaneros, incluso me está costando el enganche de luz y lo tengo todo legal.
Quizás, desde el ayuntamiento puedan hacer presión sobre los fontaneros para que me den el boletín del gas.
Yo creo que si un alcalde hace eso puede incurrir en prevaricación.
- Hay que demostrar que sin la participación del Sr. Alcalde en los hechos, la injusticia y arbritrariedad no se podían haber cometido. Igual el error está en los Técnicos del Ayto. o en el Secretario o en todos a la vez, por tanto hay que tener cuidado de no errar el tiro en el sujeto activo del delito y el mismo cuidado hay que tener en las conversaciones previas y no amenazar inútilmente.
- Existen multitud de normas administrativas, tanto urbanísticas como industriales, que preceptúan que esa situación es absolutamente irregular.
- Otra opción es que con la Licencia de 1ª Ocupación el Sr. Alcalde y el Ayto. se estén comprometiendo a arreglar la cuestión -que ha de ser a su costa- , cosa que han Vds. de hablar antes de llegar a mayores.
- Desde luego si la situación es que yo escrituro, pago y me quedo con luz de obra o bien acometo grandes gastos hasta subsanar la situación, me lo pensaría. A lo mejor el promotor me puede obligar a escriturar, porque ha recabado todos los documentos, pero desde luego a alguien del Ayto. me llevo por delante.
Me terminaron una casa adosada en una aldea y estoy a la espera de que se solucione el problema de enganche de E.E. por parte de la promotota y ayuntamiento (es el que realiza la gestión ante la cia. electrica). Pues bien el promotor/constructor me dice que tiene la licencia 1 ocup. y que podemos escriturar, que mientras se resuelve el problema me garantiza "lus de obra" algo a lo que me opongo rotundamente.
Mi pregunta es ¿ puede un alcalde conceder Lic. 1ª Ocup. a sabiendas de que la casas (8-9 en total), no tienen el enganche al transformador?, incurriría en alguna falta o delito tipificado en el código penal.
Os ruego alguna información al respectoi. Saludos Rotio