Las Licencias de Primera Ocupación tienen por finalidad verificar el cumplimiento efectivo de las prescripciones contenidas en la licencia de obras y de los usos permitidos por el Plan.
Para su otorgamiento debe exigirse certificación del técnico director de obra que haga constar que cumple proyecto y licencia.
¿A que te refieres cuando citas "ilegal"?
Nota: Las infracciones urbanísticas no prescriben a los dos meses, sino a los 4 años.
Con respecto al Contencioso, deberías pinchar tu pregunta en Procedimiento Administrativo de este foro.
Tengo una pregunta. Cuando se concede una licencia de primera ocupación ilegal, ¿que se puede hacer contra la construcción, si ya han transcurrido los 2 meses para recurrir al contencioso?
Gracias.