Hola, querria saber vuestra opinión sobre el otorgamiento de licencias de 1ª ocupación en suelo no urbanizable común una vez transcurridos más de 5 años desde la construcción ilegal.
A ver, busco opiniones a favor de que se otorguen. Sé que no es facil, pero existen sentencias que explican que por el hecho de haberse construido ilegalmente una cosntrucción no se puede denegar este derecho a las construcciones respecto de las que el Ayuntamiento ya no puede iniciar expdte de protección de la legalidad por haber transcurrido el plazo de 4 años, pero que sí pueden hacer obras de reforma y mantenimiento, pues rige el régimen de fuera de ordenación.
No digo que se otorgue a todas pero si a las que puedan presentar un proyecto de legalización, que paguen la tasa correspondiente, y un certificado del arquitecto que acredite que cumple las normas de seguridad y habitabilidad legalmente exigibles.
Solo será legalizable si el planeamiento lo permite, sino imposible, ya que ha un decreto le de julio que lo impide. Si no recuerdo mal es el decreto ley 7 u 8/2011 en el artículo 23
gracias por responder. Lo he estado mirando y se podria si no es radicalemtne incompatible con el plan y cumplen normativa de habitabilidad.... Aunque lso ayuntamientos soen reacios a darlas.