Quisiera saber si algien me puede imformar como he de llevar los libros de actas de la SL, se que hay que registrarlos, pero quisiera saber como se rellenan, si hay que llevarlos al notario, como registrar las actas, y como presentarlos en el R. Mercantil. Hasta ahora hamos presentado en el registro las actas de la gunta universal junto con las cuentas, pero no se han registrado en los libros, tengo comprado uno de hojas intercambiables pendiente de rellenar, pero no se como y si luego lo he de llevar al notario, os agradeceria mucho cualquier informacion que me puediseis dar al respecto.
Abusando de tu amabilidad, te pregunto,
Las actas las ha de firmar el Administradr? y sin son varios, lasn han de firmar todos los -Adminstradores?.
Otra cosita, cuando hay que realizar un acta, ademas del de las cuentas anuales.
Muchas gracias y saludos
Probablemente cuando has presentado las Cuentas Anuales en el Registro Mercantil para el depósito, has preparado una certificación del Acta de la Junta de Socios que aprobó las cuentas, esa certificación SI la ha legitimado el Notario y no el Acta. Las Actas son notas muy básicas de las reuniones de los Órganos de Administración de la sociedad: Junta de Socios y Administradores. Las Actas de la Junta la firman el Presidente y el Secretario de la Junta de Socios, deberías ver los Estatutos la Ley de SLs o la de SAs para confirmar quien tiene esas funciones en vuestro caso y quien ha de firmar las Actas, también esas normas establecen el contenido mínimo de las Actas. Por último, los Libros de Actas (cada sociedad suele tener uno de Juntas y otro de Administradores) se legalizan en el RM antes de empezar a cumplimentarse y en ellos se transcriben las Actas y se firman por las personas que correspondan, cuando se acaban las hojas se presentan los antiguos libros y los nuevos para cerrar unos y abrir otros con una nueva legalización. Es muy posible que tengas que legalizar los libros y luego, si no tienes hechas actas, que rehacer las actas en función de las certificaciones que hayas emitidos
Hola, AAL.
Las Actas las ha de firmar quien actúe como Secretario, y con el "Visto Bueno" del Presidente.
Lo que SI tienen que firmar todos es la LISTA DE ASISTENTES, cuyo fin es acreditar la asistencia de los socios y del capital que representan según se indicará en el Acta.
Siempre que el Organo de Administración se reúna, se hará un Acta (como mínimo, para la formulación de las Cuentas Anuales). Y siempre que se celebre Junta General (Ordinaria, Extraordinaria), también habrá un Acta (como mínimo, para la aprobación de las Cuentas Anuales).
hola, soy una vecina de una comunidad que este año le ha tocado llevar las cuentas, debido a que el antiguo administrador no ha hecho su trabajo bien, y ha sido destituido.Vamos a llevar nosotros mismos las cuentas.mi pregunta ya que el antiguo administrador se niega a darnos el libro de actas de 10 años atras,¿Que debo hacer para conseguir uno nuevo? ¿donde tengo que ir para registrarlo, etc...?¿Es necesario tener un libro de cuentas registrado por hacienda? Orientarme un poco porque estoy algo perdida.
Estoy rellenando el libro de actas de una sociedad que tiene escrituras de:
-Compraventa de acciones de otras sociedades.
-contratos de préstamos.
-Ratificaciones de escrituras.
¿Qué se puede añadir o no al libro de actas? Estoy perdida!!
Me trajeron la documentacion de una S.L constituida hace 3 años, pero que las actas la tienen a ordenador en papel y firmadas por el administrador. Puedo legalizar ahora un libro de actas en el Registro Mercantil y hacer constar una nota de que las actas anteriores a la legalizacion estan en papel y trascribir las actas siguientes a la legalizacion.