Buenas tardes, una pregunta a ver si pueden ayudarme:
El libro mayor lo confecciona íntegramente el administrador, o es generado por esos programas que tienen por donde dan las cuentas a los vecinos y según los datos que metan genera también el libro mayor.
- El concepto de la operación registrada.
- El debe.
- El haber.
- El saldo de la cuenta.
Los libros mayores muestran la misma información que el libro diario, pero de manera más concreta. En un mayor se reflejan los movimientos que se han realizado en una cuenta contable específica, teniendo así un control de lo que ha entrado y salido en esa cuenta en particular y su balance en cualquier momento.
El procedimiento contable consiste en anotar la operación en el libro diario y, luego, traspasar el movimiento a las fichas de los libros mayores.
En la actualidad, con el uso de los programas contables, estos registros en los libros mayores son automáticos, siempre y cuando se introduzca la información en las correspondientes cuentas correctamente.
Gracias Dick Turpin por la contestación, pero nunca debe aparecer en el libro mayor un ingreso que no se ha realizado en la cuenta de la comunidad ¿no es así?
Gracias.
Puuuuuuf, diícil explicar en cuatro líneas, aunque sean conceptos básicos de contabilidad.
Pero, resumiendo, en una cuenta aparecen las cantidades que se anoten en ella, sean reales o inventadas.
Lo primero que le pregunto es si su comunidad es muy grande o es una mancomunidad. Y se lo pregunto porque la contabilidad de una comunidad es tan sumamente sencilla que no requiere de una contabilidad oficial como si de una empresa se tratara. Cuestión distinta sería aconsejable si su comunidad, por su complejidad, numero de trabajadores (porteros, jardineros, socorristas, etc...) tuviera unos gastos importantes y ahí, sí se podría aplicar una contabilidad más avanzada.
Mire, ingresos, menos gastos, igual a saldo y una regla de tres para aplicar el reparto (todo esto se hace informáticamente.). Esto es así de fácil, lo demás es marear la perdiz. Perdiz que interesa a muchos marear porque así también se marean a los comuneros o a los que quieran meter la nariz en ella, (espero que se me entienda).
Ni que decir tiene que, que todo gasto debe ser anotado y justificado convenientemente. Es decir, factura por delante, lo demás, es susceptible de fraude o administración desleal.
En mi comunidad somos 20', hay un vecino que s e le ha perdonado una deuda por parte del administrador que se ha visto por las remesas y en el libro mayor el administrador ha puesto un ingreso a este vecino que no ha hecho y es por la cantidad de la deuda.
Independientemente de lo que usted expone, lo que si tiene que ver y comprobar, son las liquidaciones anuales, es decir, antes de realizar la reunión ordinaria (la que se ha de hacer obligatoriamente por ley, una al año) el administrador debe mandar a cada propietario la liquidación de gastos he ingresos del ejercicio a aprobar en tal reunión para que sean analizada por los propietarios. Usted mírela detenidamente, y si observa algo anormal, se lo advierte al presidente para que él también pueda corroborar lo que usted ha visto. Y ya en la reunión se expone y se hace público delante de los presentes para que el administrador se exprese.
Me parece raro que un administrador quiera condonar una deuda a un propietario porque debe justificar el ingreso.
Si, se pueden comprobar las liquidaciones anuales, pero si se ve que un vecino no ha pagado determinadas cuotas en el banco y luego viene reflejado en el libro mayor como pagado eso es un error que puede cuadrar en el libro mayor pero no en el banco porque no se ha ingresado. Ya se ve en el apartado de este vecino que falta una cuota no hace falta hacer la liquidación anual.
En el resto de vecinos los ingresos que se han hecho en el banco aparecen en el libro mayor, luego este otro vecino tendría que ser igual.. ¿No es así?.
Saludos.
La contabilidad moderna se basa en el principio de la "doble partida"; es decir a un movimiento en el debe le corresponde otro de idéntico importe al haber.No se puede registrar un ingreso de cuota de un comunero(haber) si no existe la contrapartida en el banco (debe) ya que entonces las sumas del diario y del mayor no cuadrarían.
Salvo que, a este señor que se le registra un pago de cuota que Vdes. dicen que no ha realizado en el banco,el administrador lo compense con algún otro capítulo, forzosamente de gasto que, por lógica debería figurar en la liquidación de cuentas del ejercicio.
Si tienen sospechas de algo irregular hay que hacérselo notar al recibir la documentación o en la propia reunión. Cuidadinnnnn .... que los administradores, por lo general, de contabilidad no dan la talla y a veces pretenden , en su prepotencia, darte "gato por liebre" .
Efetivamente, un movimiento en el debe le corresponde otro en el haber, y así están todos menos este que pone cobro recibo pero no aparece ese importe ingresado en la cuenta de la comunidad como el resto de ingresos.
Los cobros que figuran en el LMayor tienen que estar ingresados en las remesas en el banco y no están. En el libro mayor, en un mes, tiene registrados dos movimientos uno de ingreso y otro de devolución y en las remesas no figuran asi, figura solo la devolución hecha el mes anterior..
Ya lo hemos dicho y dice que en el banco cuadra, no puede ser así porque si no han ingresado esa cantidad no puede cuadrar.
Todos los cobros que figuran en el libro mayor tienen que estar ingresados en la cuenta y esta cantidad no lo está.
Le presento las pruebas y no sabe decir más que le cuadra en el banco y eso es imposible porque esa cantidad no está ingresada..
Probablemente el banco cuadra. Lo que no cuadrará es la cuenta del propietatrio.
A lo mejor tiene abierta en contabilidad una cuenta de "Caja" y efectuó el ingreso en metálico sin que el Administrador haya realizado la correspondiente imposición.
No debe pedir únicamente la cuenta del banco. También debe averiguar si la Comunidad tiene abierta una cuenta de caja, por si el ingreso se hubiera realizado en metálico y pedir asimismo la ficha del mayor correspondiente al propietario cuyo pago, dice usted ha contabilizado el Administrador, para asegurarse de que sus afirmaciones (las de usted), son ciertas.
Gracias Dick Turpin por la respuesta.
No hay abierta ninguna caja y no se ingresa en metálico. Se ingresa todo por remesas, es decir, el administrador presenta los recibos de los vecinos que le han dado la cuenta. La cuenta de los vecinos viene n todas en el libro mayor y vuelvo a repetir, creo que ya lo dije en otra intervención, los ingresos que figuran en el haber vienen todos en las remesas (ingresado en el banco) mientras que lo de este vecino, aunque en el LM pone “cobro recibo remesas” en el banco no hay ningún ingreso. Lo mismo es un poco difícil de entender, así como lo cuento sería más fácil ver el doc.
Es que esta cantidad que refleja había sido devuelta y lo coloca para que cuadre, por lo que no puede cuadrar. Además, en el mes que refleja la cantidad no ingresada solo había un movimiento en remesas y en LM refleja dos: 1 ingreso y 1 devolución y eso no es así.
Yo desde luego no me cabe duda viendo las remesas que no coinciden con el LM en este caso, en el resto sí.
Me parece entender que el Administrador ha contabilizado un ingreso (el recibo remesado) y una devolución por impago del recibo remesado.
La forma correcta de contabilizar en caso de remesa y devolución sería la que aparentemente ha seguido su Administrador. Contabilizar la remesa en el haber (ingreso) y posteriormente contabilizar la devolución del recibo en el debe.
Así mismo debería contabilizar los gastos de devolución del recibo, también en el debe imputando los mismos al propietario deudor.
En ese caso, la contabilización de dichos movimientos debe realizarse (la remesa aunque no se cobre, porque es un ingreso contable y la posterior devolución del recibo remesado porque el efectivo pago no se ha producido).
Pero tengo la sensación de que lo que usted sostiene es que ha contabilizado una remesa que no ha emitido y lógicamente la devolución no se ha podido producir.
De todos modos, lo prudente es esperar a la junta para explicar la rendición de cuentas.
Gracias de nuevo Dick, si , ya le decía que seguramente no me estaba explicando bien porque es un tema que no domino. Lo que veo clara es su explicación, efectivamente él en el debe pone una devolución y luego los gastos de la devolución, pero él ha reflejado en el haber dos ingresos cuando se ha efectuado solo uno.
Por ejemplo: En enero ingresa una cantidad
En febrero devuelve esa cantidad, pero en este mes pone un ingreso que no
se ha realizado, entonces lo que se devuelve es lo supuestamente ingresado en
febrero, y no es así lo que se está devolviendo es lo ingresado en enero, es
decir lo del mes anterior.
No sé si con este ejemplo queda un poco mas claro lo que yo
quiero decir.
De todas maneras, olvidándome del libro mayor para que a mi me quede más claro yo lo que he hecho ha sido con las remesas mirar los ingresos y la devolución y ahí me sale una cantidad pendiente, porque no han habido dos ingresos , sino uno y haciendo así la cuenta lo veo muy claro, independientemente de como él lo refleje en el LM.
Gracias de nuevo Dick por su explicación, ya no voy a dar más la lata, lo voy a dejar aquí, yo creo que lo tengo claro. porque lo que entra y sale del banco es lo que es, y en febrero no se ingresó ninguna cantidad.
Febrero.- Vuelve a remesar el recibo (ingreso en el haber).
Ya veremos si lo devuelve, pero en ese caso (si es que ha sido así) la contabilización, aunque aun no lo haya pagado es correcta. Si devuelve el recibo, su Administrador volverá a contabilizar la devolución (debe) y los gastos devolución (debe).
Tenga en cuenta que Administrador está siguiendo el principio del devengo, mientras que usted está aplicando el principio de caja y por eso no le cuadra, pero eso no significa que su Administrador lo esté haciendo mal, sino muy al contrario.
Yo tengo una muy buena amiga que es administradora de fincas (por cierto, no colegiada), que para evitar estos problemas sigue el principio de caja y para ella lo importante es el banco, que es lo que los propietarios ven.
En mi opinión es un error seguir dicho criterio, aunque admito que para los propietarios, "la cuenta de la vieja" como dice ella, es mucho más clara (aunque contablemente no lo sea).
Muchas gracias de nuevo.. Yo creo que se haga de una manera u otra al final será el mismo resultado ¿no? o debe o está al día y en este caso no es así, haciendolo de una manera tiene deuda y haciendolo de la otra está al día.
Muchas gracias de nuevo.. Yo creo que se haga de una manera u otra al final será el mismo resultado ¿no? o debe o está al día y en este caso no es así, haciéndolo de una manera tiene deuda y haciéndolo de la otra está al día.
RESPUESTA,.- No.
El haber deberá tener la contrapartida bancaria. Una vez emitida la remesa, se consignará en el haber.
Si devuelve el recibo, la contrapartida será el importe remesado en el debe y no estará al día, pero no se trata de una argucia del Administrador, sino que la norma legal de aplicación así lo dispone. Al final, si no atiende el pago del recibo remesado, no estará al día.
El libro mayor es consecuencia directa del libro diario. Para comprobar esa anotación del mayor, necesariamente tienes que consultar el correspondiente asiento del diario y de ahí sacarás la otra cuenta afectada, que puede ser de banco o de otra cosa. Mientras no verifiques el asiento del diario sólo darás palos de ciego.
Esto es aplicable tanto a una contabilidad manual como si está informatizada.