Por supuesto que sigue siendo obligatorio al día de la fecha el libro de socios en una Sociedad Mercantil, y por supuesto el envio de un E-Mail, o un Fax o un Burofax, son suficientes medios de comunicación validos en Derecho.
Hola, querría saber si sigue siendo obligatoria la llevanza del libro registro de socios en una S.L. y cómo debe comunicar un socio a la sociedad la modificación de alguno de sus datos, como el domicilio ¿basta un email con acuse de recibo?
Muchas gracias por anticipado.