Y si no se pacta previamente un precio por los servicios del abogado ¿no se aplican los criterios del Colegio? ¿O el abogado pone después el precio que le da la gana?
De todas maneras, Electra1, los criterios de honorarios de los Colegios son meramente orientativos, quiero decir que no son vinculantes a la hora de establecer la relación y la minuta al propio cliente.
En el Colegio de Abogados de Guadalajara el particular que quiera enterarse si la minuta de su abogado está correcta, han de solicitarlo por escrito y este colegio tarda hasta meses en contestar. ¿Es obligatorio que tengan libro de honorarios y que informen?. Por ejemplo el de Madrid, informa mucho más rápido. ¿Es que ese Colegio no quiere atender a los particulares y por eso lo pone tan dificil?