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Libro de Actas

3 Comentarios
 
03/10/2009 01:44
En Perù hace muchos años que se esta digitalizando las actas por un ordenador, inclusive es aceptada por Registros Pùblicos y Notarios. Por ejemplo se digitaliza un acta por ordenador y luego de ser impresa, se pega en el libro de actas còmun y corriente, claro esta que se debe respetar el foliado ; luego se lee en la asamblea correspondiente y si esta es aprobada por la asamblea es firmada por el Presidente, Secretario de Actas y algunos socios para que le den validez y para mejor resguardo de estas hojas sueltas que se pegaron en el libro se les pone los sellos correspondiente. Y las ventajas son claras. hace 40 años si se perdìa un acto por motivos equis, la asociaciòn, organismo, etc. quedaban sin la historia correspondiente. Ahora , se tiene un respaldo , ya sea en el PC o en algùn CD-ROM, etc. Ahora hasta las comunidades campesinas siguen este metodo moderno.
Saludos. espero que les sirva en algo.
14/10/2008 18:10
Como bien le ha comentado Antonio Bernardo, existe en el mercado un libro de hojas intercambiables que viene paginado ( o se puede paginar a ordenador). Este libro hay que registrarlo como libro nuevo en el registro de la propiedad donde le sellarán cada una de las páginas y cancelarán el antiguo, de este modo usted puede hacer las actas en ordenador pero, tenga en cuenta que ese libro debe ir pasando cada año por un nuevo presidente-secretario-administrador y puede que su sucesor no disponga de PC, lo que se volvería a tener que escribir las actas a mano en el nuevo libro.
Sobre qué se debe de escribir en las actas a parte de lo fundamental (propietarios presentes, votos, coeficientes, etc...) sólo hay que escribir los acuerdos alcanzados, indicando los votantes que lo han hecho favorables o disidentes (votos negativos), así como si ha habido alguna abstención. También puede incluir alguna cosa de especial consideración, pero no debe poner comentarios de uno y de otro, en definitiva, que con que ponga los acuerdos alcanzados es suficiente.
13/10/2008 23:48
Hola a todos:

Disaster, el Libro de Actas, se puede rellenar a mano o impresa por ordenador. En caso de ser por ordenador, debe tener hojas sueltas para introducirlas en la impresora, pero ya debe estar firmada por el Presidente y el Secretario. Lo que no estoy seguro es de si están escritas a mano, hay que comprar otro Libro de Actas y diligenciarlo, o hay que seguir a mano, hasta finalizar, o se pueden mezclar.

El Acta es una CERTIFICACIÓN, no solo de los acuerdos, que la Ley establece como mínimo, sino que se puede y se debe incluir, todos los datos importantes del desarrollo, para una mejor comprensión a como se llega a ese acuerdo. Así se puede llevar un seguimiento, que muchas veces, los acuerdos siguen un hilo común. La Ley no establece esto como obligatorio, pero no dice que no se pueda y por tanto, si se pone, es Legal.

Gracias por todo.

Saludos.
Libro de actas
13/10/2008 21:22
Hola

Es mi primera “presidencia” y estoy sumido en un caos tanto por la conflictiva situación de la comunidad como por mi desconocimiento teórico y legal de la materia. De hecho en la que se refiere a la convulsa situación ya posteé un mensaje hace un par de días que lamentablemente no ha tenido ninguna contestación y os la agradecería inmensamente. Mi post se titula “¿Embargo siendo insolvente?” La Junta en la que fui designado Presidente a la vez que secretario-administrador casi acabó lamentablemente a bofetadas e insultos entre dos vecinos. Todo un espectáculo y todo un buen inicio.

Ese es un tema. El otro tema son los formulismos legales. El Presidente dimisionario me ha cedido todos los archivos de facturas, etc y además un Libro de Actas sellado en todas sus páginas por el Registro de la Propiedad y -para mi sorpresa- con todas las Actas manuscritas. El exPresidente era un señor jubilado que desempeñó su cargo como entretenimiento y también con entusiasmo hasta que las cosas empezaron a ir mal con dos vecinos que pusieron en juego su salud.

Yo trabajo a jornada partida y no dispongo de tiempo suficiente para perder el tiempo como si estuviéramos todavía en los años 40 escribiendo las Actas a mano. O, lo que es peor, redactando un borrador en un PC para después trascribirlo a mano sobre el Libro de Actas. El expresidente me dijo que eso es lo que dice la Ley.

No me creo que en pleno s.XXI las cosas sean así. Además pienso que –si fuesen así- entonces las Compañías de Administración de Fincas necesitarían un regimiento de empleados, de “escribas”.

¿Hay alguna alternativa legal que se ajuste a las tecnologías actuales? O ¿No hay más alternativa que las Actas manuscritas?

Por otra parte tengo otra duda ¿Qué debe contener realmente un Acta además de los asistentes, orden del día, acuerdos adoptados, etc? ¿También hay que incluir lo que comenta, dice, propone o sugiere cada vecino o incluso las “incidencias y percances” como las agresiones verbales y casi físicas que presencié?

Os agradeceré vuestra ayuda.

Saludos.