Mucho mas efectivo que una grabadora, es una filmación de vídeo de esa reunión, ya que es mas difícil su manipulación. Tenga en cuenta que vale como prueba una filmación con un móvil, queda registrado día, hora, minutos, cosa que una grabadora no hace.
Llevamos demasiado tiempo pagando demasiado, esto no viene de ayer y no llegamos a ningún sitio. En realidad es el abogado de una vecina que ha demandado a la Comunidad y probablemente va a perder el juicio por que es increible la cantidad de gente que cuando hay dinero de por medio está dispuesta a testificar el falso.
Es una sangría para la Comunidad. Tenemos dos bandos y cada uno con su abogado. El bando que tiene la presidencia paga del fondo de la Comunidad el abogado.
En cualquier caso, si aquí se acaba la ayuda, no hay problema, estoy aprendiendo mucho de la Ley de la Propiedad Horizontal y agradezco mucho todos los comentarios, de mis hilos y de otros hilos, que nos están ayudando mucho a coger confianza en lo que tenemos que hacer.
El abogado de mi vecina nunca les dijo que se podía llevar grabadora a la reunión, cosa que he aprendido aquí.
Otra cosa, le hemos dado 10 días para entregarnos toda la documentación de la Comunidad, ahora que ya no es Presidente. Si se niega, ¿vamos directamente al Juzgado?
@ contadora
La demanda es a un constructor por una obra no finalizada a la Comunidad.
Nosotros queremos subsanar el acta y en la reunión del viernes ya lo hemos aprobado. Ahora estamos escribiendo el borrador del Acta para meterlo en los buzones pero tenemos claro que sin el Libro de Actas, no podemos formalizar la reunión.
Sabemos que se ha manipulado porque nos ha buzoneado el Acta con la reunión anterior que no es para nada la reunión en la que estuvimos presentes. Esta última reunión del viernes se ha grabado y a partir de ahora, esta historietas de donde dije digo digo Diego se van a acabar. Espero
El libro no puede estar en el juzgado, ya que incumple el administrador la obligación de custodia. En todo caso estará un certificado del contenido de algún asunto en concreto de algún acta. Pero el libro jamas.
¿Qué demanda ha interpuesto el Presidente para que esté el libro en el Juzgado?
¿No sois vosotros los que queréis impugnar el acta?
En cualquier caso, el juez no os va a pedir el acta, si él ya tiene el libro.
¿Si no tenéis el acta, cómo sabeis que la ha manipulado?
¿Tenéis abogado? Posiblemente él si pueda tener acceso al acta en el Juzgado y obtener fotocopias de la misma.
Queremos quitar al presidente y tenemos 4 votos sobre 6. En la reunión anterior modificó el acta, cambiandole el voto a un vecino, para que saliera adelante una demanda que le interesaba. Estamos en proceso de de subsanar el acta, es uno de los puntos de la orden del día de la reunión extraordinaria que hemos solicitado 4 vecinos.
Él nos ha dicho que el Libro de Actas está en el juzgado puesto que ya ha interpuesto la demanda y que por tanto no la vamos a poder subsanar sino que vamos a tener que impugnarla.
¿Puede quedarse el juzgado el acta todo el tiempo que durá la tramitación del juicio? ¿Tenemos alguna posibilidad de recuperar el Libro de Actas, yendo con el borrador de la junta que vamos a hacer?