Eso no es del todo cierto ya que será obligatoria la legalización de un nuevo libro en los cuatro meses siguientes a la finalización del ejercicio en el que se haya producido cualquier alteración en la titularidad inicial o sucesiva de las participaciones o acciones o se hubieran constituido gravámenes sobre las mismas. En dichos libros deberá constar la identidad completa de los titulares y la nacionalidad, en su caso, incluyendo igualmente sus domicilios. Sin embargo, es cierto que este libro es de acceso limitado a las personas legitimadas para ello, por lo que si no lo eres, no podrás saber quien es socio actual de la mercantil.
En la práctica nadie lagaliza estos libros, pero sí que se debe hacer y así lo dice la Ley.
Puedes tener acceso a libro registro siempre y cuanto tu seas socios de la sociedad, en caso contrario no podrás.
Salvo modificación reciente, la compraventa de participaciones y por ende la condición de nuevo socio no es obligatoria llevarlo al registro mercantil. Me imagino a lo que se refiere.
Hola, buenas tardes Isabel. Sí que me has ayudado, pero tengo una duda. Según tu respuesta, entiendo que pueden conocerse los socios de una SRL si acudo al Registro Mercatil. ¿Sabes si cualquier persona tiene acceso y si es un servicio gratuito a hay que pagar?. Gracias.
En primer lugar, si hablas de SRL, los socios no son accionistas ya que en la sociedad no hay acciones, sino participaciones.
Por otro lado, la sociedad debe llevar lo que se conoce como "libro registro de socios". En este se llevará de forma ordenada los diferentes cambios en la composición de la sociedad. Este libro se tendrá que legalizar en el Registro Mercantil de forma telemática. A efectos societarios, tan solo se reputará como accionista al que figure como tal en el Libro Registro de Socios.
Buenos días, ¿los libros de accionistas de SRL tienen que ser públicos?, ¿los accionistas de una SRL tienen que registrarse ante notario y luego en el Registro Mercantil? ¿cuando hay algún cambio de accionariado tiene que elevarse a público y después registrarlo o se puede quedar en un contrato privado?. Gracias