Hola a todos, sabeis si la administradora puede dejar a un propietario vecino el libro de actas para hacerse copias? es un vecino nuevo y quiere tener todas las actas, tiene ganas de saber,bien, pq la mayoria pasan de todo.
O la admtda puede hacer las copias y pagarselas??.
Yo pienso que si ya que es documentacion de la comunidad y es nuestra.
Lo dice algún articulo de la lph?.
Sin problema. El libro de actas es de todos los comuneros. La admtr. solo lo custodia. Para una custodia correcta, al dárselo a algún vecino deberá haberle hecho firmar recibo de entrega del Libro de Actas.
también puede hacer ella las fotocopias y dárselas al vecino nuevo previo pago.
No tiene ninguna obligación de entregarle el libro de actas.
Tampoco tiene obligación de hacer copias del mismo a costa de la Comunidad. Si el propietario desea copia del libro de actas, la administradora tiene derecho a exigirle el pago del coste de las mismas.
Lo lógico es que el propietario anterior le entregara las actas de las reuniones que se habrían mantenido, pero si no las tiene, las puede pedir al administrador mediante pago del pedidor.
Gracias a todos, no a habido problemas, me lo a dejado para hacerme copias y se lo devuelvo, he firmado un papel como que me lo llevo y ya está.
Saludos
Y si en una comunidad un propietario cuando le correspondió el turno de ser presidente, ha anotado en el libro de actas un escrito referente a las obras realizadas por otro propietario sin dar cuenta de ello al resto de propietarios hasta que en el turno de cambio de presidencia se dá cuenta de ello uno de los propietarios.Decir, que en mi comunidad nunca se ha entregado copia ni de convocatorias (se coloca un papel normalmente manuscrito en el portal, que quitan despues de las reuniones), ni mucho menos han enviado ni comunicado lo que se pone en el libro hasta que nos vamos enterando cuando cambia el presidente. Ahora me toca ser presidente a mi, y estoy redactando la copia del acta que hemos celebrado ,intentando ser lo más escueto posible para no decir lo que pienso de las actuaciones de algunos presidentes.Voy a ser escueto pero poniendo lo que he leido que debe de constar segun la ley de propiedad horizontal.
¿Como puedo actuar cuando convoque la proxima junta de propietarios, con respecto al presidente que realizó el escrito sobre el propietario que realizó las obras y dedirle a este sr. que el libro de actas no es un diario personal?, puedo solicitarle copia donde figurase la convocatoria de la junta donde expusiese las obras que describe en el libro de actas?.Gracias.