En una demanda de Divorcio Contencioso, en la que se solicitan medidas de carácter patrimonial, pero no se conoce si el demandado se encuentra trabajando, ni cuales son sus ingresos, ni si dispone de algún bien.
Cual es la forma más procedente de solicitar que se libren oficios a la Oficina de Averiguación Patrimonial, Agencia Tributaria y Seguridad Social, en la misma demanda de divorcio contencioso, por medio de otrosi? o una vez admitida la demanda a trámite mediante un escrito independiente de la demanda solicitando dichos oficios como prueba anticipada?