Una alumna ha sido condenada, a un año de libertad vigilada por dar un puñetazo a una profesora en el colegio.
No ha sido condenada a trasladarse de colegio, por lo que volverá a "CONVIVIR" con la profesora en ese colegio.
¿En que consiste la LIBERTAD VIGILADA?.
¿La acompaña un policía incluso dentro del aula?.
¿Quien paga el coste de esa vigilancia?.
En la jurisdicción de menores no se condena a los menores a penas de prisión o multas, sino a Medidas. Entre otras medidas, está la de Libertad Vigilada que consiste en que durante el plazo que se fije, el menor está obligado a cumplir una serie de normas impuestas por un educador que hará un seguimiento de su comportamiento y dará información al Juzgado. Si hay incumplimiento se abrirá otro expediente contra el menor por quebrantamiento.
Si no se le ha impuesto orden de alejamiento respecto de la profesora y del centro, no hay nada que impida que la alumna vuelva al centro. La Medida de Libertad Vigilada obliga a la menor a acudir a entrevistas con el educador y cumplir los objetivos que se le fijen, pero sigue desarrollando su vida de estudio, de ocio con sus amigos....