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Libertad sindical

1 Comentarios
 
Libertad sindical
21/10/2016 22:35
Muy buenas a todos, estoy estudiando segundo de RRLL, y tengo que realizar un trabajo de derecho sindical, y la verdad es que estoy bastante estancado, he hecho todo el trabajo pero no sé muy bien cómo resolver las siguientes preguntas:

A su despacho profesional han llegado las siguientes consultas sobre si los siguientes
sujetos son titulares del derecho de libertad sindical:
a) La señora Andrea Wiese, de nacionalidad alemana y residente en España, esta dada
de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad
Social, ya que regenta una pastelería de su propiedad en la que también trabajan dos
hijos suyos afiliados también en el RETA.
b) Un trabajador autónomo económicamente dependiente, transportista y propietario
de una furgoneta, que ha suscrito el correspondiente contrato con una empresa de
mensajería urgente.
c) José Rebollo, licenciado en Derecho y en alta en el colegio de abogados de
Tarragona, contratado por un despacho de abogados como trabajador por cuenta
ajena.
d) Un trabajador de la delegación del Ministerio de Defensa en Tarragona.
Cuestiones:
1. En caso de que la respuesta sea positiva, lo que deberá razonar jurídicamente
¿pueden ejercer el derecho de libertad sindical en su integridad?
2. En caso de que la respuesta sea negativa, lo que deberá razonar jurídicamente
¿disponen de alguna vía alternativa de asociación para la defensa de sus intereses?

PD: Soy de Cataluña, y he buscado en los primeros artículos de la LOLS, aunque dudo mucho que sea tan fácil como decir: "Sí, puede ejercer el derecho de libertad sindical porque lo dice la LOLS"; tratándose de un trabajo de universidad, supongo que una ley te llevará a otra.
Si pudieran citarme las correspondientes leyes y artículos, sería de gran ayuda.
Muchísimas gracias de antemano por la ayuda
14/11/2016 21:26
Jsm9
Es que te has hecho un Juan Palomo,te respondes tu mismo,ninguno de los casos,salvo el D,tiene limitaciones legales al ejercicio de derechos sindicales,lo que no está prohibido expresamente por ley,está permitido.
Digo el D y matizo:
Ministerio de Defensa;según su empleo,podría tener limitaciones.
Supongo que el fin del trabajo es manejo de jurisprudencia,por que preceptos legales,son claros,LOLS.