Hola y ante todo gracias por abrirme las puertas de este estupendo foro repleto de excelentes profesionales y tambièn usuarios por supuesto.
Mi caso es el siguiente ;
yo llevo en mi coche echo un poco de ``tuning´´ interior pero mi pregunta en concreto es ; ¿que dice la ley sobre iluminaciòn interior de un turismo sobre modificaciones y demàs ....?
yo llevo las luces de lectura,cortesia,guantera y maletero cambiadas a color azul a juego con el radiocd sin ser esta una luz molesta para la conducciòn y fijandome por fuera el coche tampoco veo que pueda deslumbrar a los demàs usuarios de la via ``tan sòlo he cambiado color bombillas´´
hoy una patrulla de la guardia civil cuando nos cruzabamos en sentido opuesto en un paso de peatones en poblaciòn me dijo que tenia que apagar la de lectura por estar prohibido ese color y eso que no llevaba las de cortesia ò apertura de puertas encendidas ¡
Que dice la ley sobre esto ? y porfavor algun enlace oficial sobre el tema ò alguno donde se pueda consultar estas leyes similares en gral ? ya que el tuning ,musica , la informatica y algunas cosillas sanas mas son mis hobys ¡ alcohol , drogas y demàs no van conmigo .