Se recogen en el Reglamento de IRPF. Dado que los cálculos son un poco complicados, es más operativo utilizar el programa de Hacienda.
Te pongo el enlace:
http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/_Configuracion_/_Acceda_directamente/_A_un_clic_/Descarga_de_programas_de_ayuda/Renta_y_patrimonio/Ejercicio_2011/Retenciones_IRPF_2011__v_1_00_/Descarga/Descarga.shtml