Hola, tengo algunas dudas referente a la ley española ejercito de tierra.
Llevo seis años sirviendo y quiero pedir una excendencia.
En este caso pudiera pedir una excedencia de tres meses?
Todo dependerá de si es usted militar por tanto regido por las leyes de la administración o por contra es usted personal laboral dentro de dicha administración, (es decir que no es militar), en el caso de personal laboral la excedencia mínima sera de 2 años y la máxima de 5, por tanto no podría solicitar esa excedencia de 3 meses, existe otra excedencia voluntaria por el cuidado de hijos aquí el límite llega hasta los 3 años y no hay límite de inicio, así que si éste fuese el caso podría solicitar esa con una duración de 3 meses