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Ley de tanteo y retracto de la generalidad cataluña y compra piso sareb

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Ley de tanteo y retracto de la generalidad cataluña y compra piso sareb
05/03/2018 22:44
Buenas, estoy pendiente de comprar un piso del Sareb en Cataluña. En Cataluñaexiste una ley por la cual la Generalidad tiene el derecho preferente de tanteo y retracto https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-6016.

Empezamos con este proceso hace unos 9 meses, y después de mentirnos desde la agencia diciendo que teníamos que esperar que respondieran, cuando si no responde en dos meses se resolvía por silencio administrativo. Al final me dijeron que el problema era suyo. Pero ahora me dicen 2 cosas más que no me cuadran.

1.- que una vez la Generalidad decide que no ejerce el derecho de tanteo y retracto tenemos 2 meses para firmar la escritura sino hay que volver a empezar, pero no lo he visto en la ley. ¿esto es así?

2.- Que el piso no tiene cédula de habitabilidad y que no se hacen cargo de sacarla,ni de las obras, que se vende tal cual esta, cuando el articulo 3 de esa ley dice que tienen que mantenerlo en condiciones de habitabilidad. ¿según ese articulo tendrían que hacer las reformas necesarias para la obtención de la cédula? o lo he entendido mal?

muchas gracias