Es un placer poder pertenecer a este foro con tanto conocimiento junto.
Hace unos años, por el COVID, tuve que dejar los estudios en los que me encontraba matriculado en la universidad (mayor de edad) y por tanto, no pude superar el número de créditos que se pide como requisito.
Me acaba de llegar la carta que inicia el trámite de devolución. El caso, es que en mi situación, es imposible que yo pueda afrontar el pago de esa deuda, por lo que, me preguntaba si era posible acudir a la ley de segunda oportunidad con el fin de evitar mayores problemas con la deuda.
No tengo nada en propiedad ni liquidez en el banco.
Lumiki, eso de la segunda oportunidad está conexo con la materia concursal, lo que no tiene nada que ver con esto. Tú sencillamente eres insolvente y no puedes pagar. Para que dicten una diligencia de embargo (por ejemplo, sobre tu cuenta corriente o sobre tu futura nómina) es preciso seguir un procedimiento reglado en que se te dará la oportunidad no solo de hacer alegaciones, sino que además, si el asunto corona en una resolución que no te gusta, tendrás abierta la vía de los tribunales de lo contencioso-administrativo. Ya mejorarás fortuna.