Tengo un caso de un menor q en la comunidad donde vive hsn enviado dos actas de la junta de la comunidad acusándole decdiversos actos vandálicos. Varios de ellos es imposible que haya sido el porque se encontraba fuera de la ciudad cuando sucedieron. Cierto es qu no se ha publicado en ningún medio de comunicación pero se le ha dado publicidad a todos los vecinos por carta. Entra este supuesto dentro del artículo 4 de la ley de protección al honor del menor?. Muchas gracias