A mi padre se le ha concedido la ayuda de la ley de la dependencia en la C.A. de Andalucia. Después de casi dos años esperando, nos comunican que será abonada con caracter retroactivo desde la fecha de solicitud (afortunados nosostros). Ahora nos dicen que los atrasos serán abonados en cinco plazos, uno por año, es decir que este año percibiremos 1000 euros de los atrasos y así sucesivamente durante cuatro años más. ¿es esto legal?