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ley azcarate

3 Comentarios
 
05/09/2009 10:09
buenos dias, me gustaria que alguien me indicara si mi caso puede ser incluido dentro de los preceptos de la ley Azcarate.
El asunto es el siguiente, cono motivo de mi divorcio tuvo que solicitar un prestamo personal para la liquidacion de la sociedad de ganaciales, al serme concedido fuimos al notario a firmarlo y al dia siguiente me cargaron en la cuenta los gastos del notario, pero no me ingresaron el importe del prestamo. Yo como en principio no tenia prisa pues no tenia que hacer efectivo el pago hasta que no tuviera la sentencia de divorcio, y asi lo habia comentado en mi sucursal bancaria, pues pense que era normal que una vez concedido , me hjicieran el ingreso cuando yo lo solicitase.
mi sorpresa fue que al cabo de mas o o menos los tres meses que digo, recibo una llamada de la sucursa, porque segun ellos no tenia firmado un seguro obligatorio para la amortizacion del prestamo en caso de invalidez o fallecimiento, total que me presento en la sucursal a firmar el documento, me vuelven a cobrar otro tanto y cuando se me ocurre decirles que en unos dias ya podian ingresar el prestamo, pues ya iba a salir mi sentencia, emprezaron las carreras. Bueno, alli corrio hasta el vendedor de cupones que estaba por alli, que como no me lo habian ingresado, que si yo era tonto por no haber dicho nada....
Total proceden a ingresarlo ese mismo dia, pero ....
al dia siguiente me cargan el primer recibo...
al dia posterior me cargan el segundo recibo
y al tercero un tercer recibo.
En cuanto me di cuenta, me acerco y me dicen que es normal, que ellos han efectuado el ingreso del dinero con fecha de valor del dia en que firmamos al notario,
pero la realidad es que yo he pagado intereses durante un periodo en que el dinero no estuvo en mi poder, por lo que creo que me han estafado bien estafado.
espero sus consejos y les doy las gracias por anticipado
12/03/2009 09:07
No veo ninguna viabilidad.

Aunque hubiese alguna viabilidad (que no la hay) los trámites legales te van a costar más tiempo y dinero de lo que puedas obtener.
11/03/2009 21:05
No, ya que la Ley Azcárate exige para calificar un préstamo de usurario que el interes pactado, además de ser notablemente superior al normal del dinero, sea manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o que resulte leonino dadas las condiciones en que se pactó, añadiendo como requisito común a los supuestos anteriores que existan motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario, a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales, que supongo que no se dan en tu caso.
Pero si puedes intentarlo con la Ley del Crédito al Consumo, artículo 19, que regula los intereses por descubierto en cuentas corrientes y su punto 4 indica que en ningún caso se podrá aplicar un tipo de interés que exceda 2,5 veces el interés legal del dinero.
Un saludo

Ley azcarate
11/03/2009 12:36
buenos dias, me gustaria que alguien me pudiera informar sobre la posibilidad de aplicación de la ley azcárate para el caso siguiente: solicitado prestamo a COFIDIS por 1.200 euros, tras pagar mas de 900 euros, reclaman como pendientes 1.043 euros amparandose en retrasos en pago, etc.
es esto legal?? o pura USURA. gracias de antemano por su informacion