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Ley arrendamiento

1 Comentarios
 
Ley arrendamiento
06/06/2013 10:37
Buenos días,

Yo tengo un piso en alquiler. El contrato está en vigor desde diciembre del 2009, con esto significa que este año hará 4 años que siguen lo mismos inquilinos. Si ahora se ha aprobado una nueva ley en la que pasa de 5 años a 3 años. Qué debo de hacer yo como propietaria del piso?, puedo esperar a que hagan los 5 años, porque es de la ley antigua?. Cuando pasen los 3 años o 5 años que pueden estar alquilado, no pueden seguir los mismos inquilinos en mi piso.

Cuales son los pasos que debo seguir?.

Gracias,
06/06/2013 12:19
Disposición transitoria primera. Régimen de los contratos de arrendamiento celebrados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley.
Los contratos de arrendamiento sometidos a la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, celebrados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley, continuarán rigiéndose por lo establecido en el régimen jurídico que les era de aplicación.
Sin perjuicio de ello, cuando las partes lo acuerden y no resulte contrario a las previsiones legales, los contratos preexistentes podrán adaptarse al régimen jurídico establecido en esta Ley.

En conclusión, el plazo legal de su contrato sigue siendo de 5 años.