Yo entiendo, salvo mejor criterio, que al carecer de Convenio Colectivo propio el Ayuntamiento, tendras que acudir a la Ley Marco 39/99 de 5 de Noviembre de 1999, que concilia la vida laboral con la familiar. Al margen de que creo debe de existir asimismo un Convenio Colectivo Marco para el personal laboral de la Administración Local del Estado.
Esta ley concede una serie de mejoras para conciliar la vida laboral con la familiar pero tengo entendido que solo disfrutan de ellas los funcionarios de la Generalitat. Yo soy personal laboral de un ayuntamiento pequeño y no tenemos convenio propio, puedo beneficiarme de la misma? Si mi administración no tiene convenio propio, supongo que se remite a un convenio especifico, como puedo yo saber a qué convenio se remite?