Hola, aqui una pequeña duda respcto al acta que se ha de levnatar en cada sescion.
Primero se dice que debe especificar necesariamente los puntos principales de las deliberaciones. Si embargo acto seguido se hace referencia a las grabaciones que se pueden hacer de las sesiones y no queda claro si en el acta en ese caso se deben hacer constar los puntos principales de las deliberaciones pues expresa la no necesidad.
Entiendo que si existen grabaciones anexas al acta, este acta ya no precisa de de la constancia de los puntos principales de las deliberaciones. ¿Es así? Me parece extraño pues los medios electrónicos o resultantes de las grabaciones se pueden extraviar o deteriorar, quedando de esta manera sin constancia de dichos puntos de deliberaciones en el acta.