Quisiera poder confirmar lo que tengo entendido, que antes de esta ley, el Seprona se limitaba a levantar acta de la anomalia urbanistica existente, y entregarla al Ayuntamiento correspondiente, para que tomara las medidas oportunas, y que a partir de esta fecha, es cuando envian copia a la fiscalia de medio ambiente. Gracias de antemano por vuestra inestimable ayuda.