hola delirio_ eterno quisiera porfavor que me puedas orientar en lo que es un levantamiento de expulsion puesto que quiero solicitarlo pero necesito saber mas a fondo , te agradeceria que me orientes, yo llevo 4 años ya expulsado de 5 , tengo una hija de 6 años con una nacional española , con la que llevo casado 2 años y 2 meses ya esta mi matrimonio legalizado en españa , fui expulsado por la delegacion de gobierno el el 2014 ,quisiera sabee si puedo pedir el levantamiento ? Te voy agradecer por la orientacion que me des.
Mi chico tiene orden de prohibición de entrada a españa de tres años, por estar irregular y cotizar por la seguridad social, la misma seguridad social y en comisaria le acusaron de falsificar la tarjeta de residencia y un pequeño delito en su antecedentes que se puede borrar , mi pregunta es se puede revocar dicha orden, estando empadronado y con fecha para contraer pareja de hecho conmigo, ademas estando en españa siempre estuvo trabajando, gracias a todos
Estaré muy agradecida si pudiesen darme consejos de como tramitar este asunto. Es similar al que comentan en este hilo.
Clienta condenada a seis meses de prisión y sustituida la pena por expulsión con 10 años de prohibición de entrada, art. 89 cp, la expulsión se materializó en el año 2009, estando casada con español, han pasado cinco años y el art. 89 cp ha sido modificado dos veces desde entonces.
hola , si no es nada grave , deberia de revocarse dicha orden por oficio ya que la nueva circunstancia que estar casado con un ciudadano de la union lo cancela todo.si rechazan el levantamiento deberan de explicar los motivos imagino yo .
suerte
Gracias por responder. En este caso la expulsión no fue por nada grave, así que no se considera un peligro contra el orden público.
Le denegaron el levantamiento de prohibición de entrada. Yo ahora estoy cancelándole algunos antecedentes policiales y volveré a pedir el levantamiento.
Mi gran duda, es que la Ley dice que dicha solicitud se podrá hacer a partir de los tres años. Eso es lo que me tiene dándole vueltas al tema...
saludos y gracias de nuevo.
lo que se necesita saber es la cuasa judicial,que grado juridico tiene el motivo de la orden de expulsion? o sea se considera el interesado como un peligro contra el orden publico? si es solo una infraccion administrativa grave, la nueva situacion revoca de oficio la orden de expulsion
Hola. La prohibición de entrada es por expulsión judicial.
La nueva circunstancia es que ha contraído matrimonio con una comunitaria.
Mi gran duda es si puedo solicitar dicho levantamiento antes de los 3 años desde la ejecución de la orden de expulsión,pues la Ley dice que 3 años, pero tengo conocimiento de que otros compañeros la han solicitado antes de los tres años.
Gracias de corazón por tu interés. Saludos.
Hola Delirio_eterno,
¿Por que es la orden de prohicion de entrada? Solo por estancia irregular o por algun otro motivo -penal-
¿Cuales son las nuevas circunstancias que propician el levantamiento de la prohibición?
Un saludo,
Hola. No me refiero a cuando finaliza una orden de prohibición de entrada en España. Me refiero al levantamiento de orden de prohibición en España que se solicita a la Subdelegación cuando se acredita la aparición de nuevas circunstancias que propicien el levantamiento de dicha prohibición.
tienes que cumplir el plazo establecido de la prohibición que te hayan impuesto, porque si entras te van a volver a expulsión y con otra orden, que van ya por los 5 años
Hola, querría saber si se puede solicitar dicho levantamiento antes de los 3 años desde la ejecución de la orden de expulsión,pues la Ley dice que 3 años, pero no me queda claro.
Gracias y saludos.